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Accidente laboral



Accidente laboral es todo suceso repentino que sobrevenga por causa o en ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión grave, una invalidez, una enfermedad crónica o hasta la muerte de un trabajador.

Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aun fuera del lugar y horas de trabajo.

Se denomina accidente de trayecto o accidente in itinere al que se produzca durante el traslado del trabajador desde su residencia al lugar de trabajo o viceversa, a condición de que el trayecto no hubiera sido interrumpido por razones particulares. La legislación puede establecer su equiparación con el accidente de trabajo a los efectos legales.

También se considerará como accidente de trabajo el ocurrido durante el ejercicio de la función sindical aunque el trabajador se encuentre en permiso sindical siempre que el accidente se produzca en cumplimiento de dicha función. [1]​ De igual forma se considera accidente de trabajo el que se produzca por la ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o en representación del empleador o de la empresa usuaria cuando se trate de trabajadores de empresas de servicios temporales que se encuentren en misión.

Son todas las lesiones funcionales o corporales, permanentes o temporales, inmediatas o posteriores, o la muerte, resultantes de la acción violenta de una fuerza exterior que pueda ser determinada o sobrevenida en el curso del trabajo, por el hecho o con ocasión del trabajo, toda lesión interna determinada por un esfuerzo violento, sobrevenida en las mismas circunstancias.

Según la Ley de riesgos del trabajo (n.º 24557) en el Capítulo III -Art 6º define como accidente de trabajo “a todo acontecimiento súbito y violento ocurrido por el hecho u en ocasión del trabajo, o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar del trabajo, siempre y cuando el damnificado no hubiere interrumpido o alterado dicho trayecto por causas ajenas al trabajo”. ... “El trabajador podrá declarar por escrito ante el empleador, y este dentro de las 72 horas ante el asegurador, que el itinere se modifica por razones de estudio, concurrencia a otro empleo o atención de familiar directo enfermo y no conviviente, debiendo presentar el pertinente certificado a requerimiento del empleador dentro de los tres días hábiles de requerido”... Están excluidos de esta ley los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales causados por dolo del trabajador o por fuerza mayor extraña al trabajo.

En Argentina los accidentes de trabajo son cubiertos por una aseguradora de riesgos de trabajo llamada por sus siglas ART. Es obligatorio para los empleadores contratar una aseguradora, quien brindara prestaciones dinerarias y en especie (asistencia médica, reinserción laboral, etc.) al trabajador que sufre un accidente de trabajo o enfermedad profesional.[2]

Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte. Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aun fuera del lugar y horas de trabajo. Igualmente se considera accidente de trabajo el que se produzca durante el traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador. También se considerará como accidente de trabajo el ocurrido durante el ejercicio de la función sindical aunque el trabajador se encuentre en permiso sindical siempre que el accidente se produzca en cumplimiento de dicha función. De igual forma se considera accidente de trabajo el que se produzca por la ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o en representación del empleador o de la empresa usuaria cuando se trate de trabajadores de empresas de servicios temporales que se encuentren en misión. (Ley 1562 de 2012)[3]

A partir de 2003, la definición de accidente laboral también incluye a los trabajadores autónomos que previamente así lo soliciten a la Seguridad Social y abonen las cuotas sociales correspondientes.

Es por tanto necesario que se cumplan las siguientes características:

Se consideran asimismo laborales en España, a diferencia del resto de los países del entorno:

No se considera accidente de trabajo:

La notificación de accidentes es obligatoria según la Ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales;[5]​ el Sistema Delt@ permite la transmisión de los documentos necesarios mediante procedimiento electrónico.[6]​ Además, En España, en ciertos sectores, especialmente los que tienen un mayor riesgo de accidente es posible sea de obligado cumplimiento por parte de las empresas la contratación del llamado seguro de convenio[7]​ a nombre de cada trabajador, en caso de accidente laboral o incapacidad sobrevenida el trabajador tendrá derecho a las coberturas marcadas en cada convenio.

Derechos que se tienen tras sufrir un accidente laboral:

En 1855, Georgia y Alabama aprobaron leyes de responsabilidad a los empleadores; 26 estados pasaron leyes similares entre 1855 y 1907. Las primeras leyes permitían a los empleados poder demandar al patrón y después demostrar el acto negligente de su parte.

La primera ley estatal de compensación al trabajador fue aprobada en Maryland en 1902, y la primera ley que cubre a empleados federales fue aprobada en 1906. En 1949, todos los estados habían promulgado un programa de compensación para los trabajadores

A la vuelta del vigésimo siglo las leyes de la remuneración de trabajadores eran voluntarias.

Dado que la indemnización de los trabajadores exigía beneficios sin tener en cuenta la culpa o la negligencia, muchos sentían que la participación obligatoria privaría al empleador de propiedad sin el debido proceso. La cuestión fue resuelta por la Corte Suprema de Estados Unidos en 1917 en Nueva York Central Railway Co. vs. White, que sostenía que los derechos de un empleador no eran quebrantados por la compensación de trabajadores mandataria.

Después de la sentencia muchos estados promulgaron nuevas leyes obligatorias de compensación a trabajadores.

En Estados Unidos la mayoría de los empleados que son lesionados en el trabajo reciben atención médica en respuesta a la lesión en el lugar de trabajo y, en algunos casos, el pago para compensar las discapacidades resultantes.

California cuenta con el Programa de Seguro de Compensación para Trabajadores Lesionados. Un empleado puede pedirlo en caso de haber resultado herido mientras desempeñaba sus responsabilidades del trabajo en las instalaciones del mismo.[9]

Nueva York

Actualmente, el estado de Nueva York obliga a todos los empleadores a pagar un seguro de compensación laboral para sus empleados, incluso para los que residen ilegalmente en los Estados Unidos. Este seguro cubre los gastos médicos relacionados con el accidente o enfermedad laboral, y dos tercios de los salarios perdidos durante el tiempo el tiempo de recuperación.[10]

La ley federal del trabajo, refiere lo siguiente:

En la República de Nicaragua, la ley que norma, regula y controla las buenas prácticas de Higiene y Seguridad laboral, es la ley 618. Ley General de Higiene y Seguridad en el Trabajo y su Reglamento. la cual se acompaña de normas técnicas de seguridad especiales para diversos tipos de trabajos. Sin embargo es el Código del Trabajo de la República de Nicaragua en el artículo n.° 110 que define un accidente laboral como: El suceso eventual o acción de que involuntariamente, con ocasión o a consecuencia del trabajo, resulte la muerte del trabajador o le produce una lesión orgánica o perturbación funcional de carácter permanente o transitorio.

También se entiende como accidente de trabajo:

1. El ocurrido al trabajador en el trayecto normal entre su domicilio y su lugar de trabajo.

2. El que ocurre al trabajador al ejecutar órdenes o prestar servicio bajo la autoridad del empleador, dentro o fuera del lugar y hora de trabajo.

3. El que suceda durante el período de interrupción del trabajo o antes y después del mismo, si el trabajador se encuentra en el lugar de trabajo o en locales de la empresa por razón de sus obligaciones.(Código del trabajo art. 110)

No son accidentes de trabajo o trayecto, los que ocurren en estado de ebriedad o bajo efecto de drogas, por riñas personales, intentos suicidas, agresiones o lesiones ocasionadas intencionalmente y al realizar labores ajenas a la empresa donde está contratado. (Código del trabajo art. 124)

Dichas regulaciones enfatizan en centrar la gestión de seguridad a la prevención de enfermedades y accidentes originados por un ambiente de trabajo inseguro. De forma simple se considera que los accidentes de trabajo se originan por dos causas básicas que al incidir en tiempo, espacio y circunstancia producen el accidente, estas causas básicas son: Condiciones inseguras y Actos inseguros. En la medida que se identifiquen y controlen dichas causas, se podrán aplicar las medidas necesarias para prevenir un daño a las personas y medios de producción.

Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. DS 005-2012-TR refiere lo siguiente:

Accidente de trabajo es todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte. Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, y aun fuera del lugar y horas de trabajo.[11]

En el resto de los países de la Unión Europea el accidente de trabajo es mucho más restringido que en España. Las principales diferencias son:

La Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (Lopcymat), modificada en 2005, define:

Serán igualmente accidentes de trabajo: La lesión 1. interna determinada por un esfuerzo violento o producto de la exposición a agentes físicos, mecánicos, químicos, biológicos, psicosociales, condiciones meteorológicas sobrevenidos en las mismas circunstancias. 2. Los accidentes acaecidos en actos de salvamento y en otros de naturaleza análoga, cuando tengan relación con el trabajo. 3. Los accidentes que sufra el trabajador o la trabajadora en el trayecto hacia y desde su centro de trabajo, siempre que ocurra durante el recorrido habitual, salvo que haya sido necesario realizar otro recorrido por motivos que no le sean imputables al trabajador o la trabajadora, y exista concordancia cronológica y topográfica en el recorrido. 4. Los accidentes que sufra el trabajador o la trabajadora con ocasión del desempeño de cargos electivos en organizaciones sindicales,así como los ocurridos al ir o volver del lugar donde se ejerciten funciones propias de dichos cargos, siempre que concurran los requisitos de concordancia cronológica y topográfica

Es importante mencionar que en la versión anterior no se incluían los accidentes de trayecto o in itinere como Accidentes de Trabajo, adicionalmente, en esta nueva ley se incluyeron en su ámbito de aplicación a los trabajadores residenciales como conserjes y vigilantes.

Para garantizar el ordinal 3 del artículo 69, muchas empresas han implementado lo que se ha denominado rutograma que es una representación gráfica en la que se indica la ruta, medios de transporte y horarios que comúnmente el trabajador utiliza para ir desde su casa al trabajo y desde el trabajo hacia su casa.

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