La Autoridad del Canal de Panamá (ACP) es una entidad jurídica autónoma de derecho público y que le corresponde en forma privada la administración, funcionamiento, conservación, mantenimiento y modernización del canal de Panamá y sus actividades conexas, de manera que funcione de manera segura, continua, eficiente y rentable.
La Constitución Política de la República de Panamá consagra en su título XIV todo lo concerniente al Canal de Panamá y a la Autoridad del Canal de Panamá. Por mandato constitucional, el Canal de Panamá constituye un patrimonio inalienable de la Nación panameña; debe permanecer abierto al tránsito pacífico e ininterrumpido de naves de todas las naciones.
A la Autoridad del Canal de Panamá le corresponde la responsabilidad de:
La administración de la Autoridad del Canal de Panamá está a cargo de una Junta Directiva compuesta por once directores, nombrados así:
La junta Directiva de la Autoridad del Canal de Panamá tiene entre sus facultades y atribuciones,
las siguientes:Periodo: 2009-2014
Periodo: 2007-2016
Periodo: 2004-2013
Periodo: 2 de enero de 2002 - 2011
Nombrado por el Órgano Legislativo
Miembros de la Junta Directiva (2018)
La Autoridad del Canal de Panamá está sujeta a un régimen laboral especial basado en un sistema de méritos y adoptó un plan general de empleo que mantiene como mínimo, las condiciones y derechos laborales similares a los existentes al 31 de diciembre de 1999, fecha en que revirtió la administración del Canal de Panamá.
La Autoridad del Canal de Panamá establece los peajes que se cobran por el uso del canal, así como los derechos y las tasas por la prestación de servicio establecidos por las reglas de arqueo de naves. Estos peajes se fijan conforme a tasas calculadas para cubrir los costos de funcionamiento y modernización del canal incluyendo:
La Autoridad tiene patrimonio propio y derecho de administrarlo.
Notas: n.d.=Información no disponible.
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Una vez cubiertos los costos de funcionamiento, inversión, modernización y ampliación del canal, así como las reservas necesarias, los excedentes son remitidos al tesoro nacional.
La Autoridad también paga anualmente al tesoro nacional derechos por tonelada neta, o su equivalente, cobrados a las naves sujetas al pago de peajes que transiten por el canal. Notas:
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