x
1

Autoridad del Canal de Panamá



La Autoridad del Canal de Panamá (ACP) es una entidad jurídica autónoma de derecho público y que le corresponde en forma privada la administración, funcionamiento, conservación, mantenimiento y modernización del canal de Panamá y sus actividades conexas, de manera que funcione de manera segura, continua, eficiente y rentable.[1]

La Constitución Política de la República de Panamá consagra en su título XIV todo lo concerniente al Canal de Panamá y a la Autoridad del Canal de Panamá. Por mandato constitucional, el Canal de Panamá constituye un patrimonio inalienable de la Nación panameña; debe permanecer abierto al tránsito pacífico e ininterrumpido de naves de todas las naciones.[1]


A la Autoridad del Canal de Panamá le corresponde la responsabilidad de:

La administración de la Autoridad del Canal de Panamá está a cargo de una Junta Directiva compuesta por once directores,[1]​ nombrados así:

La junta Directiva de la Autoridad del Canal de Panamá tiene entre sus facultades y atribuciones,[1]​ las siguientes:

Periodo: 2009-2014

Periodo: 2007-2016[4]

Periodo: 2004-2013[6]

Periodo: 2 de enero de 2002 - 2011

Nombrado por el Órgano Legislativo

Miembros de la Junta Directiva (2018)

La Autoridad del Canal de Panamá está sujeta a un régimen laboral especial basado en un sistema de méritos y adoptó un plan general de empleo que mantiene como mínimo, las condiciones y derechos laborales similares a los existentes al 31 de diciembre de 1999, fecha en que revirtió la administración del Canal de Panamá.[1]

La Autoridad del Canal de Panamá establece los peajes que se cobran por el uso del canal, así como los derechos y las tasas por la prestación de servicio establecidos por las reglas de arqueo de naves. Estos peajes se fijan conforme a tasas calculadas para cubrir los costos de funcionamiento y modernización del canal incluyendo:

La Autoridad tiene patrimonio propio y derecho de administrarlo.[1]​ Las principales cifras de sus estados financieros y de sus presupuestos aprobados son las siguientes:

Notas: n.d.=Información no disponible.

Notas: n.d.=Información no disponible.

Nota: n.d. = Información no disponible.

Nota: n.d. = Información no disponible.

Nota: n.d. = Información no disponible.

Una vez cubiertos los costos de funcionamiento, inversión, modernización y ampliación del canal, así como las reservas necesarias, los excedentes son remitidos al tesoro nacional.[3]​ La Autoridad también paga anualmente al tesoro nacional derechos por tonelada neta, o su equivalente, cobrados a las naves sujetas al pago de peajes que transiten por el canal.[3]

Notas:



Escribe un comentario o lo que quieras sobre Autoridad del Canal de Panamá (directo, no tienes que registrarte)


Comentarios
(de más nuevos a más antiguos)


Aún no hay comentarios, ¡deja el primero!