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Circuito electoral



Un circuito electoral en la República de Panamá es una entidad compuesta por la unión de 1 o más distritos y/o corregimientos acorde a la división política del país, dichos circuitos son el medio para elegir los diputados a la Asamblea Nacional (Parlamento). Los circuitos electorales son creados o modificados acorde a la población del país, según las reformas del año 2004 (válidas para las elecciones de los años 2009 y 2014). Un circuito electoral debe contener un mínimo de 40 000 habitantes y un espacio físico para el mismo; esta regla puede ser omitida en ciertos casos especiales como las comarcas indígenas o la provincia de Darién debido a su gran extensión y poca población.

Los diputados elegidos de dichos circuitos tienen el deber de representar a sus habitantes en la Asamblea Nacional. Actualmente son elegidos 71 diputados (anteriormente 78) y existen 39 circuitos electorales (anteriormente 42), la anterior ley circuital indicaba que un circuito se conformaba por cada 30 000 habitantes.[1]​ Estas divisiones circuitales son revisadas por el Tribunal Electoral, siguiendo el padrón electoral y los censos realizados en el país.

También cabe destacar que un circuito electoral puede tener más de un diputado, por ejemplo: el distrito de Panamá. Los circuitos que eligen un diputado son llamados "circuitos uninominales"[2]​ y pueden estar formados por solo un distrito o más de uno, hasta conformar los 40 000 habitantes necesarios; por otro lado los circuitos que eligen a 2 o más diputados son llamados "circuitos plurinominales" y puede ser un distrito con una población mayor a los 80 000 habitantes o la unión de varios corregimientos (caso del Distrito de Panamá).[3]

El Chorrillo, Pueblo Nuevo, San Felipe, Santa Ana 6

Río Abajo, San Francisco 6

Ernesto Córdoba, Las Cumbres 6

Pedregal, San Martín, Tocumen 6

1. No existe división circuital debido a que la mayor parte de la población se encuentra en Changuinola.

2. No hay conexión territorial entre parte de estos distritos.

3. Darién fue dividido por su gran extensión territorial a pesar de no cumplir el requisito poblacional. Además en su división circuital se incluye los 2 distritos de la Comarca Emberá a los cuales les corresponde la numeración (11).

4. No incluye la Comarca Wargandí.

5. No incluye la Comarca Magudandí.

6. Son corregimientos del distrito de Panamá.

7. El corregimiento de Ailigandí está dividido entre los circutios 10-1 y 10-2.

8. Ailigandí, Narganá, Tubualá y Puerto Obaldía, son corregimientos de la Comarca Guna Yala.

9. Madugandí no forma parte de la Comarca Guna Yala, pero se encuentra dentro de este circuito debido a que sus habitantes son de la etnia Guna.

10. Wargandí no forma parte de la Comarca Guna Yala, pero se encuentra dentro de este circuito debido a que sus habitantes son de la etnia Guna.



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