La provincia de Asturias es una de las 52 circunscripciones electorales utilizadas como distritos electorales desde 1977 para la cámara baja de las Cortes Generales de España, el Congreso de los Diputados, y una de las 59 de la cámara alta, el Senado.
En virtud de los artículos 68.2 y 69.2 de la Constitución Española de 1978provincia. El voto es sobre la base de sufragio universal secreto. En virtud del artículo 12 de la constitución, la edad mínima para votar es de 18 años.
la circunscripción electoral para el caso de Asturias es laEn el caso del Congreso de los Diputados, el sistema electoral utilizado es a través de una lista cerrada con representación proporcional y con escaños asignados usando el método D'Hondt. Solo las listas electorales con el 3% o más de todos los votos válidos emitidos, incluidos los votos «en blanco», es decir, para «ninguna de las anteriores», se pueden considerar para la asignación de escaños. En el caso del Senado, el sistema electoral sigue el escrutinio mayoritario plurinominal. Se eligen cuatro senadores y los partidos pueden presentar un máximo de tres candidatos. Cada elector puede escoger hasta tres senadores, pertenezcan o no a la misma lista. Los cuatro candidatos más votados son elegidos.
En las elecciones autonónomicas se divide en tres circunscripciones electorales. En todas ellas se utiliza un sistema proporcional utilizando el método D'Hontd con listas cerradas.
El artículo 67.1 de la Constitución española prohíbe ser simultáneamente miembro del Congreso de los Diputados y de un parlamento autonómico, lo que significa que los candidatos deben renunciar al cargo si son elegidos para un parlamento autonómico. No existe incompatibilidad similar en el caso de los senadores. El artículo 70 aplica también la inelegibilidad a los magistrados, jueces y fiscales en activo, Defensor del Pueblo, militares en servicio, los agentes de policía en activo y los miembros del tribunal constitucional y juntas electorales.
En las elecciones generales de 1977, 1979 y 1982 se eligieron en la entonces denominada provincia de Oviedo 10 diputados. Esa cifra se redujo a 9 en las elecciones generales de 1986. Perdió un nuevo escaño en 2004, quedando en 8 escaños. En las de 2019, Asturias pierde un nuevo diputado, quedando su representación en el Congreso de los Diputados reducida a 7 escaños.
En virtud de la ley electoral española, todas las provincias tienen derecho a un mínimo de 2 escaños, con los 248 escaños restantes prorrateados de acuerdo a la población.
Esta normativa se explican detalladamente en la ley electoral de 1985 (Ley Orgánica del Régimen Electoral General). El efecto práctico de esta ley ha sido la de las provincias de menos población estén sobrerrepresentadas a expensas de las provincias más pobladas.En 2008 por ejemplo en España había 35.073.179 votantes, lo que da un ratio de 100.209 votantes por diputado. Sin embargo en Asturias el número de votantes por diputado fue de 122.685. Los menores ratios se encuentran en las provincias menos pobladas, con 38.071 y 38.685 respectivamente para Teruel y Soria.
Pedro de Silva Cienfuegos-Jovellanos,
*sustituido en mayo de 1983 por José Manuel González García
Juan Luis de la Vallina Velarde (AP)
Juan Luis de la Vallina Velarde,
Antonio Landeta y Álvarez-Valdés,
Juan Luis de la Vallina Velarde
*sustituido en septiembre de 1995 por Mariano César Santiso del Valle.
*sustituido por José Alberto Pérez Cueto el 22 de julio de 1999.
*sustituida en mayo del 2000 por Gervasio Acevedo Fernández
**sustituido en diciembre de 2000 por Álvaro Cuesta Martínez
Leopoldo Bertrand de la Riera,
María Virtudes Monteserín Rodríguez
María Virtudes Monteserín Rodríguez
María del Pilar Fernández Pardo,
*sustituida en mayo de 2008 por Hugo Alfonso Morán Fernández.
**no tomó posesión; sustituido por María del Carmen Rodríguez Maniega
María del Carmen Rodríguez Maniega
María Virtudes Monteserín Rodríguez
*sustituida en febrero de 2012 por María de los Ángeles Fernández-Ahúja García.
Isidro Manuel Martínez Oblanca (Foro),
Antonio Ramón María Trevín Lombán
Isidro Manuel Martínez Oblanca (Foro),
Antonio Ramón María Trevín Lombán
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