El Consejo Superior de Lenguas de Aragón (en aragonés Consello Superior d'as Luengas d'Aragón y en catalán Consell Superior de les Llengües d'Aragó) fue un órgano consultivo gubernamental aragonés creado por la Ley de Lenguas de Aragón (2009) y cuyas normas de funcionamiento fueron aprobadas por decreto 88/2011 del Gobierno de Aragón. Tuvo su sede oficial en la ciudad de Zaragoza y sus competencias abarcaban distintas funciones asesores e informadoras en materia de política lingüística en relación a las lenguas propias existentes en la comunidad autónoma de Aragón: aragonés (también llamado altoaragonés) y catalán (hay que tener en cuenta que el español es la lengua oficial y utilizada mayoritariamente en todo su territorio).
Su existencia fue efímera: Fue creado en 2009 y abolido en 2013 como por la nueva Ley de Lenguas de Aragón que derogó la ley del 2009 y que encomendó sus funciones a la Academia Aragonesa de la Lengua y al Gobierno de Aragón.
Su constitución se inició a los tres meses de la entrada en vigor de la ley, como órgano colegiado consultivo adscrito al departamento del Gobierno de Aragón competente en materia de política lingüística y fue dotado de autonomía orgánica y funcional con el fin de garantizar su objetividad e independencia.
Se establecía que el Consejo Superior de las Lenguas de Aragón estuviera formado por 15 miembros, que se designan entre filólogos, juristas, sociólogos, destacadas personalidades de las letras, la enseñanza o la investigación lingüística o de los ámbitos social o cultural de Aragón.
Eran nombrados por el Presidente de Aragón a propuesta de las Cortes de Aragón, del Gobierno de Aragón y de la Universidad de Zaragoza, correspondiendo a cada una de estas instituciones efectuar la propuesta de 5 miembros.
Los miembros del Consejo debían ser designados por un período de 6 años y se renuevan por terceras partes cada 2.
El cese de los miembros se podía deber a una de las siguientes causas:
Las vacantes producidas serían cubiertas a propuesta de la institución que efectuó el nombramiento de la persona cuestión por el tiempo de mandato que le resta.
La primera renovación del Consejo Superior de las Lenguas de Aragón se habría producido por terceras partes de sus miembros cada 2 años dentro del periodo inicial de 6 años para el que han sido nombrados. Correspondía a las instituciones que propusieron su nombramiento establecer el orden de dicha renovación.
Los miembros fueron designados por parte de la Universidad de Zaragoza, las Cortes de Aragón y el Gobierno de Aragón, los cuales fueron los siguientes:
Los miembros nombrados por la universidad de Zaragoza fueron:
Los miembros elegidos por las Cortes de Aragón fueron:
La ausencia de representación del PP se debió a que él mismo renunció a ella por coherencia con su posición política en esta materia.
Los cinco miembros elegidos por el Gobierno de Aragón fueron:
La primera decisión del Consejo, en su sesión constitutiva, fue elegir a José Bada Panillo como presidente provisional del mismo, por tratarse del miembro de mayor edad.
Como establece el punto 6, el Consejo Superior de las Lenguas de Aragón tenía como función determinar las zonas donde se habla cada una de las lenguas propias (hay que tener en cuenta que el castellano es la lengua oficial y utilizada en todo su territorio):
Asimismo, se establecían zonas o localidades de transición-recepción que incluían localidades próximas que por su capitalidad fueran receptoras de ciudadanos aragoneses con una lengua propia distinta del castellano. Las administraciones de la zona o localidad de transición-recepción debían cumplir con lo establecido para las zonas de utilización histórica predominante de las lenguas propias.
Los primeros integrantes de la Academia de la Lengua Aragonesa y de la Academia Aragonesa del Catalán serían nombrados por el Gobierno de Aragón a propuesta del Consejo Superior de las Lenguas de Aragón.
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