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Convención Europea



La Convención europea es un órgano no permanente previsto por los Tratados de la Unión Europea para conducir los procesos ordinarios de reforma de los mismos.[1]​ La Convención está compuesta por representantes del Parlamento Europeo y de los parlamentos nacionales de los Estados miembros, de la Comisión Europea y de los gobiernos nacionales y dirigida en sus trabajos por un Praesidium a cuya cabeza se encuentra un Presidente de la Convención. Su composición y funcionamiento básico están recogidos en el artículo 48 del Tratado de la Unión Europea,[1]​ referido a la reforma de los Tratados.

La Convención debe ser convocada por el Presidente del Consejo Europeo cuando se esta institución adopte una decisión favorable a una revisión constitucional de los Tratados, previa propuesta del Parlamento Europeo, de la Comisión o de uno o varios Estados miembros y notificándose la misma a los parlamentos nacionales. No obstante, el Consejo Europeo podrá decidir por mayoría simple, y con la aprobación del Parlamento Europeo, no convocar una Convención si la importancia de las modificaciones previstas no justificara su llamamiento.

La Convención así convocada se constituirá con el mandato de redactar un proyecto de reforma constitucional, ajustado en lo posible al contenido propuesto en un principio al Consejo Europeo. Terminados sus trabajos, el Presidente de la Convención entregará al Presidente del Consejo Europeo un proyecto adoptado por consenso. Si no pudiere alcanzarse tal consenso (no sobre cada punto sino sobre el conjunto del texto) en el seno de la Convención, bastará que ésta apruebe la reforma por mayoría simple.

A continuación el Presidente del Consejo Europeo convocará, previa aprobación de éste, una conferencia intergubernamental compuesta por representantes de los gobiernos de los Estados miembros, con el fin de depurar y consensuar todos los puntos de la reforma, que será finalmente sometida en bloque al Consejo Europeo, que deberá aprobarla por unanimidad. La reforma, sin embargo, no entrará en vigor hasta haber sido adoptada por todos los Estados de la Unión, de conformidad con sus respectivos procedimientos constitucionales, y aprobada por la mayoría absoluta del Parlamento Europeo.

Hasta el momento se han celebrado sólo dos convenciones europeas: la primera, entre 1999 y 2000, redactó la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea; la segunda, la Convención para el Futuro de Europa convocada por el Consejo Europeo de Laeken de 2001, concluyó en 2003 con la aprobación del primer proyecto de Constitución Europea, que sin embargo nunca vio la luz por los referendos negativos de Francia y Holanda en 2005.



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