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Corralito (cementerio)



Se denomina corralito, corralino (en Ex.), corral de los ahorcados o corral de los suicidas al espacio anejo al cementerio católico en que, conforme al Ritual Romano de Pablo V (1605-1621), debían ser enterrados los apóstatas notorios o los notoriamente adscritos a sectas heréticas o cismáticas, a la masonería u otras sectas condenadas; los excomulgados o entredichos tras la correspondiente sentencia condenatoria, los suicidas, los muertos en duelo o como consecuencia del mismo, los que pidieron ser incinerados y otros «pecadores públicos»[1]​ y manifiestos.

No debe confundirse con el «cementerio civil», creado en España por Real Orden de 18 de mayo de 1897, según la cual todos los municipios con más de seiscientos habitantes o cabezas de partido judicial debían contar con un espacio dedicado a aquellas personas que, en lo sucesivo, tomaran la decisión de no ser enterradas en recintos católicos.

Se conservan en los archivos muchos de estos expedientes, a menudo especialmente prolijos, en que el cura párroco del lugar, «en uso de las facultades que le concede el Obispado», denegaba la sepultura eclesiástica del fallecido, generalmente un varón que se había quitado la vida. Una vez finalizado, era remitido al alcalde, obispo de la diócesis y gobernador civil de la provincia.



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