El término delito sin víctima, se refiere a las infracciones del derecho penal sin ningún individuo identificable que haya sufrido daños en tal infracción (la víctima). Normalmente se incluyen las violaciones de leyes relativas a la decencia pública, la embriaguez en público, el consumo de drogas ilícitas, la vagancia y la desnudez pública, entre otras, muchas veces asociadas a prohibir o restringir acuerdos consentidos entre adultos.
El término no se utiliza en jurisprudencia. Es más bien un término político, utilizado por los grupos de presión con la implicación de que la ley en cuestión debe ser abolida. En un Estado de Derecho, el poder legislativo, un órgano a su vez elegido por soberanía popular, define el derecho penal. Un delito (un ilícito civil o extracontractual) es una infracción de una ley, y no siempre tiene una persona o grupo de personas identificables como sus víctimas, sino que también puede consistir, por ejemplo, de los preparativos que no se han traducido en daños (mens rea en la ausencia de actus reus), como intento de delinquir, delitos contra las personas jurídicas en contraposición a las personas naturales o personas, o contra los bienes comunes, como el orden social, el contrato social o el propio Estado, como en la evasión fiscal y la elusión fiscal, traición a la patria, o, en sistemas no-seculares, traición a lo sobrenatural (infracciones de la ley religiosa).
Delitos sin víctimas son un concepto del liberalismo libertario y el anarcocapitalismo, como en el "principio del daño" de John Stuart Mill, "sin víctimas" es una posición que considera al individuo como el único soberano, con exclusión de organismos más abstractos como una comunidad o un Estado, contra el que pueden dirigirse los delitos penales.
En una sociedad democrática, un amplio acuerdo sobre una determinada sanción de la ley como un "delito sin víctimas" eventualmente puede dar lugar a la abolición de la ley, como ha sido el caso con la mayoría de las leyes con respecto a la homosexualidad o leyes de sodomía, abolidas en la mayoría de los países democráticos avanzado el siglo XX, y, en menor medida la prostitución (permitida, pero de forma restringida). Más limitadas son las legalizaciones de la eutanasia (legal en Japón, los Países Bajos, Suiza y Albania) y el consumo de cannabis (varía por país).
Definir la "víctima" de un delito "sin víctimas" puede ser controvertido ya que se supone que las leyes están hechas para proteger a la gente, por lo que el acto criminal debería señalar alguna víctima aunque esta resulte abstracta. Los crímenes sin víctimas pueden ser clasificados en 4 formas:
Una parte esencial de la mayoría de los crímenes sin víctimas es que las partes participantes hacen consentimiento al acto, lo que significa que tienen las facultades cognitivas y de información necesaria para tomar una decisión adecuada, es decir capacidad jurídica. Diferentes jurisdicciones pueden tener diferentes interpretaciones y requisitos para determinar el consentimiento informado.
En general, quienes proponen la abolición de los delitos sin víctima se fundamentan en:
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