Elecciones legislativas de Colombia (2006) nació en Colombia.
Las Elecciones legislativas de Colombia de 2006 se celebraron el domingo 12 de marzo de 2006 y sirvieron para la elección de Senadores y representantes a la Cámara del Congreso de la República de Colombia.
En estos comicios se aplicó la llamada reforma política, consagrada en el Acto Legislativo No. 001 de 2003 y que cambia radicalmente las reglas de juego y la forma de repartir las curules o escaños del Senado y la Cámara de Representantes. Esta reforma había sido ya aplicada en las elecciones regionales de 2003.
Para estas elecciones se aprobó una nueva ley electoral con la barrera del 2% y los partidos que puede presentar las listas que ya han decidido el orden de preferencia para ser elegidos o permitir a los votantes para indicar su preferencia para limitar este la fragmentación política y la "transformación", es decir, el cambio de la educación política durante el período.
Se eligieron 100 senadores por circunscripción nacional, 2 senadores por circunscripción especial y 166 representantes por circunscripción regional (32 departamentos, Distrito Capital y las circunscripciones especiales de comunidades indígenas, afrocolombianas y de colombianos residentes en el exterior).
En estos comicios se eligió un Congreso mayoritariamente uribista. De las 100 curules del Senado, 61 pertenecían a los partidos favorables al presidente Álvaro Uribe Vélez, quien fue reelegido en mayo de ese mismo año. La oposición, representada por los partidos Liberal y Polo Democrático, lograron 29 curules, mientras que el resto quedó en manos de movimientos "independientes", aunque al menos dos de ellos podrían inclinarse hacia la bancada uribista. Sorprendió el ascenso del Partido Conservador como segunda fuerza política (si bien perdió curules respecto de las elecciones de 2002) y la decepción del Partido Liberal, que esperaba obtener mayor representación en el Legislativo, aunque ganó la Cámara de Representantes.
El 7 de febrero de 2006 se cerraron oficialmente las inscripciones de candidatos. Los partidos podían modificar las listas hasta el 25 de febrero. La campaña en sitios públicos finalizó el 5 de marzo, una semana antes de los comicios.
Para Senado, fueron inscritos 878 candidatos repartidos en 20 listas.
Aunque la campaña para las elecciones legislativas suele comenzar en agosto o septiembre del año anterior a los comicios, la decisión de exequibilidad de la reforma que permitió la reelección presidencial aplazó las intenciones de algunos candidatos, pues en caso de que dicha reforma fuera declarada inconstitucional, senadores como Germán Vargas Lleras muy probablemente se hubieran lanzado como candidatos presidenciales. El 19 de octubre de 2005, la Corte Constitucional declaró exequible la reelección presidencial (WN), hecho que aclaró el panorama político y dio inicio a la contienda por las curules del Congreso.
La reforma política obligó a muchos movimientos minoritarios a aliarse con otros partidos, o a buscar ser incluidos en partidos con mayor caudal electoral. Juan Manuel Santos formó el Partido de la U, agrupación que se sumó a las cinco o seis que se declararon uribistas. Otra alianza fue la de los movimientos izquierdistas Polo Democrático Independiente y Alternativa Democrática, que se fusionaron en el Polo Democrático Alternativo.
A comienzos de 2006, una serie de acusaciones mutuas se antepuso al debate de las ideas. Santos y Germán Vargas Lleras (de Cambio Radical), realizaron una "purga" interna, expulsando a algunos candidatos de sus listas por supuestos nexos con los paramilitares de las AUC. No obstante, Santos aprovechó para acusar al precandidato liberal a la presidencia Rafael Pardo de haberles propuesto a las FARC unirse a las fuerzas de oposición para impedir la reelección de Uribe (WN). Pardo desmintió categóricamente las acusaciones, mientras se desató una tormenta política, pues Santos al parecer se basó en informes de inteligencia, cuyo acceso es restringido. Días más tarde, Uribe se retractó de las acusaciones contra Pardo (WN).
Mientras los expulsados en la purga buscaban refugio en otros movimientos (como Colombia Viva), el senador y primo del Presidente, Mario Uribe, líder del partido oficialista Colombia Democrática, expulsó a Rocío Árias y Eleonora Pineda (WN), defensoras del proceso de desmovilización con las AUC. Según ellas, ello se produjo porque al parecer a Mario Uribe le iba a ser retirada la visa estadounidense. Árias fue recibida por Carlos Moreno de Caro en su partido, mientras que Pineda pasó a formar parte de Convergencia Ciudadana.
Después de las purgas, la campaña política se desarrolló de manera normal, con debates en algunos medios (como el noticiero CM&), salidas a plaza pública y, en algunos casos, el uso de las viejas tácticas clientelistas para conseguir votos.
Sin embargo, la guerrilla de las FARC intensificó sus ataques en las dos semanas previas a los comicios (WN), mientras que el ELN declaró desde La Habana una tregua durante las elecciones, como muestra de su voluntad de paz.
El 5 de marzo de 2006 se cerró oficialmente la campaña en plaza pública.
La fórmula tradicional de repartir los puestos en Colombia en las elecciones para cuerpos colegiados era por medio del sistema de cociente y residuo electoral. Este sistema, que buscaba una participación proporcional entre las listas de los diferentes partidos, empezó a sufrir críticas cuando varios partidos empezaron a fragmentar sus listas con el objetivo de lograr una mayor participación final mediante la llamada pesca de residuos en lo que se ha conocido como operación avispa.
El sistema tradicional de cociente y residuo electoral, en el cual los partidos podían avalar cuantas listas quisieran, alcanzó sus mayores críticas en las elecciones legislativas de 2002, en las cuales el Partido Liberal Colombiano avaló más de 300 listas para los 100 escaños del Senado de la República.
Con el objeto de evitar estos problemas, se plantearon una serie de reformas electorales. Una de ellas fue tramitada dentro del Referendo de 2003 y, presionada por esta, otra reforma se tramitó a través de un acto legislativo ordinario, el cual fue aprobado como el Acto Legislativo No. 001 de 2003. La pregunta de la reforma electoral del referendo no fue aprobada, quedando la ley 001 de 2003 como la forma vigente para la inscripción de listas y selección de dignatarios por medio de una elección.
La principal modificación de la reforma consiste en que limita el número de listas que puede inscribir cada partido a una sola lista por partido o movimiento político, la cual tendrá máximo tantos candidatos como curules existan en la corporación a la que se aspira.
Las listas pueden ser inscritas en una de las siguientes modalidades: listas cerradas y listas con voto preferente. En las primeras, el sufragante elige la lista en su totalidad y los aspirantes son elegidos en el orden inscrito. Por su parte, en las listas con voto preferente, el sufragante puede votar o bien por la lista en su totalidad o bien por uno de los candidatos dentro de la lista (Nota: Si vota por un candidato, el elector debe marcar también el logo del partido, de lo contrario, el voto es nulo [1]). Una vez determinado el número de aspirantes de la lista que quedan elegidos, la lista se ordena de acuerdo a los votos individuales de cada candidato.
El tercer punto importante consiste en la implantación de un umbral electoral y del sistema de cifra repartidora. El umbral implica un número mínimo de votos que cada lista debe obtener para aspirar a una curul, lo que se convierte en la principal salvaguarda contra la operación avispa. Finalmente, la cifra repartidora define un procedimiento diferente para buscar que la representación de las listas dentro de la composición final del cuerpo colegiado sea proporcional a la votación relativa de las mismas.
El Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional del Estado Civil generaron dos controversias respecto de la forma del tarjetón y de la forma como contó los votos.
El tarjetón electoral no contó ni con el nombre ni con la foto de los candidatos. Como antecedente, en las anteriores elecciones regionales de 2003 no se usó foto de los candidatos, pero sus nombres aparecieron tanto en las listas cerradas como en las listas con voto preferente, en estas últimas permitiendo al elector marcar uno de los candidatos.
Para las elecciones legislativas de 2006, el tarjetón en sí tuvo solamente el logo y nombre de los partidos y movimientos, y una tabla de números. La foto y el nombre de cada uno de los candidatos se encontraba en un cuadernillo anexo. De esta forma si un sufragante deseaba votar por el candidato X del partido Y, debía marcar el logo del partido Y y el número de inscripción del candidato X en el tarjetón, después de consultar el cuadernillo anexo. En el caso de las listas cerradas bastaba con marcar el logo del partido. Según la letra de la ley 001 de 2003, en las listas con voto preferente, el sufragante debía votar por el nombre del candidato preferido. Algunos críticos interpretan que el procedimiento impuesto por el Consejo Nacional Electoral pudo violar la ley. La Registraduría Nacional del Estado Civil argumentó que el uso simultáneo del tarjetón y el cuadernillo en su conjunto cumplía con los requisitos exigidos por la ley.
La ley también indica que el umbral para la elección de Representantes a la Cámara corresponde al 2% del total de votos válidos, mientras que el umbral para la elección de Senadores es del 2% del total de votos sufragados. El Consejo Nacional Electoral interpretó que en ambos casos corresponde al 2% del total de votos válidos, leyendo que los votos no válidos (votos nulos), no son votos sufragados.
El orden de la lista obedece a la votación obtenida por cada senador dentro de su partido.
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