La Administración Electoral tiene como finalidad garantizar la transparencia y objetividad del proceso electoral y el principio de igualdad en el acceso a los cargos públicos. Integran la Administración Electoral en la Comunidad Valenciana, según Ley Electoral de la Generalidad Valenciana las siguientes instituciones:
La Junta Electoral de la Comunidad Valenciana tiene las siguientes competencias:
La Junta Electoral de la Comunidad Valenciana es un órgano permanente y está compuesta por:
Vocales:
Además de estos, también participará con voz pero sin voto en la Junta Electoral de la Comunidad Valenciana un representante de la Oficina del Censo Electoral, designado por su director.
La forma en que son nombrados los miembros de la Junta es mediante Decreto del Consejo, que se publica en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana.
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