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Manuel Marchena



¿Qué día cumple años Manuel Marchena?

Manuel Marchena cumple los años el 1 de marzo.


¿Qué día nació Manuel Marchena?

Manuel Marchena nació el día 1 de marzo de 1959.


¿Cuántos años tiene Manuel Marchena?

La edad actual es 65 años. Manuel Marchena cumplió 65 años el 1 de marzo de este año.


¿De qué signo es Manuel Marchena?

Manuel Marchena es del signo de Piscis.


¿Dónde nació Manuel Marchena?

Manuel Marchena nació en Las Palmas de Gran Canaria.


Manuel Marchena Gómez (Las Palmas de Gran Canaria, 1 de marzo de 1959) es un jurista español, y desde el año 2007 magistrado del Tribunal Supremo, siendo el presidente de la Sala Segunda, de lo Penal.

Nació en 1959 en Las Palmas de Gran Canaria. Cursó el bachillerato en el Instituto General Alonso de El Aaiún, Sáhara español, y en el Colegio San Ignacio de Loyola de Las Palmas de Gran Canaria. Se licenció en derecho por la Universidad de Deusto en 1981 y se doctoró en derecho por la Universidad de La Laguna en 1991.

Su actividad jurídica la ha desempeñado en la Audiencia Territorial de Las Palmas, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado, Fiscalía del Tribunal Supremo y Sala Segunda del Tribunal Supremo. Ha sido profesor asociado de Derecho en las Universidad de Las Palmas de Gran Canaria y en la Universidad Autónoma de Madrid.

Marchena, en 1985, accedió a la carrera judicial por oposición (promoción 31.ª), optando por la carrera fiscal. Fue fiscal de la Audiencia Territorial de Las Palmas. En el período 1992-1994 fue fiscal en la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado, a las órdenes de Eligio Hernández Gutiérrez. Entre 1994 y 1996, fue fiscal en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. En 1996 fue nombrado nuevamente fiscal de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado, siendo Fiscal General del Estado Juan Ortiz Úrculo. En este puesto se mantuvo hasta 2003, cuando ya era Fiscal General Jesús Cardenal. En 2003 fue nombrado fiscal jefe de la Secretaría Técnica, bajo la supervisión de Jesús Cardenal. Se convirtió así en el fiscal de sala más joven en la historia del Ministerio Público,[cita requerida] al llevar asociada aquella designación la promoción a la primera categoría del Ministerio Fiscal durante el tiempo de ejercicio. Durante sus diez años de estancia en la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado ha participado en la redacción de las Circulares, Instrucciones y Consultas que han conformado las líneas maestras de la actividad del Ministerio Público ante los Tribunales de Justicia.

En 2004, mediante el Real Decreto 1479/2004,[1]​ 18 de julio, fue nombrado fiscal del Tribunal Supremo, siendo adscrito a la sección de lo penal, donde permanecería hasta 2007.

En 2007 fue designado por el Consejo General del Poder Judicial Magistrado del Tribunal Supremo, Sala de lo Penal, siendo entonces el magistrado más joven del Alto Tribunal,[cita requerida] cargo que desempeña hasta la actualidad. Durante los años 2007 y 2008 también formó parte de la Sala del 61, conociendo los procesos de ilegalización de ANV y PCTV.

Ha sido nombrado por acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de marzo de 2012,[2]​ presidente de la comisión institucional para la elaboración de una propuesta de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Durante su actual etapa como magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo le han correspondido como ponente algunos asuntos de interés mediático: la obtención fraudulenta de pensiones en la Seguridad Social de Andalucía (Caso Campanario);[3]​ el asesinato y abusos sexuales de una menor por un delincuente con antecedentes sexuales (Caso Mari Luz);[4]​ los ataques contra el patrimonio municipal ejecutado por miembros de la corporación y otras personas (Caso saqueo de Marbella);[5]​ la condena de un presidente del Parlamento Vasco que se negó a dar cumplimiento a una resolución del Tribunal Supremo (Caso Atutxa).[6]

En septiembre de 2014 fue nombrado presidente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo por 11 votos a favor, de la mayoría conservadora, el grupo catalán y el presidente del Supremo Carlos Lesmes. Se impuso así al exfiscal general del Estado designado por el gobierno socialista Cándido Conde Pumpido, que obtuvo el apoyo de los 7 vocales socialistas, y al tercer candidato, el conservador Miguel Colmenero, que solo obtuvo el apoyo del vocal propuesto por el PNV.[7]

Como miembro de la Sala de Causas Especiales, formó parte del Tribunal que desestimó la querella contra el presidente del Parlamento por su supuesto enriquecimiento (Caso Bono),[8]​ fue ponente de las diligencias abiertas contra la Presidenta del Tribunal Constitucional por un supuesto delito contra la función pública por el asesoramiento a una abogada. Ha formado parte de la sala que condenó a un juez de la Audiencia Nacional por vulneración dolosa del derecho de defensa (Caso escuchas Garzón),[9]​ condena que fue dictada por unanimidad por los siete magistrados que formaban la sala, sin ningún voto particular que disintiera de la procedencia de la condena. Mediante resolución de noviembre de 2012, el Tribunal Constitucional, también por unanimidad, inadmitió a trámite la demanda del exjuez contra su condena. El rechazo fue fundamentado "dada la manifiesta inexistencia de violación por el Supremo de un derecho constitucional tutelable en amparo".[10]​ Asimismo fue nombrado magistrado-instructor del proceso penal abierto para investigar los cobros recibidos por un juez de la Audiencia Nacional durante su estancia en Nueva York (Caso cobros en Nueva York, Garzón). La resolución por la que se acordó el archivo por prescripción fue confirmada por unanimidad por la Sala del Tribunal Supremo designada para conocer del recurso de apelación interpuesto por la acusación popular.[11]​ El experiodista de El País especializado en tribunales Paco Yoldi y que siguió el caso señaló que Marchena aprovechó el archivo del caso por prescripción para "arrastrar la honorabilidad de Garzón por el fango" .[12]​ El exfiscal anticorrupción le calificó de "ignorante" y le acusó de "mala fe" y "persecución sistemática" contra Garzón.[13]​ Sus detractores sostienen que la posible falta de imparcialidad de Marchena en lo relacionado con Garzón es parte fundamental de los recursos presentados por Garzón ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.[14]​ Dichos recursos, tras ser desestimados por el Tribunal Constitucional, también fueron rechazados de plano por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en 2015.[15]

En noviembre de 2018 se anunció un acuerdo entre el gobierno de Pedro Sánchez y el Partido Popular para la renovación del Consejo General del Poder Judicial con Marchena en la presidencia.[16]​ Sin embargo, en un gesto sin precedentes y muy valorado prácticamente por todas las asociaciones judiciales, renunció a dicha presidencia.[17]​ El detonante fue un WhatsApp del senador popular Cosidó en el que se ponía en duda su independencia judicial.[18]​ Al día siguiente se hizo público un escrito en el que presentaba su renuncia.[19]​ A principios de 2019 las negociaciones para la renovación del CGPJ continuaban bloqueadas.[20]

En 2019 presidió la Sala del Tribunal encargado de juzgar a los líderes del proceso independentista catalán (Proceso soberanista de Cataluña de 2012-2019), Causa Especial 20907/2017 y popularmente conocido como “juicio del procés”. La Sala estaba formada por los magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Supremo Manuel Marchena, Antonio del Moral García, Luciano Varela Castro, Andrés Martínez Arrieta, Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre, Ana María Ferrer García y Andrés Palomo del Arco. El 14 de octubre de 2019 se publicó la sentencia, de la que fue su ponente.[21]​ Sin ningún voto particular, por unanimidad, los siete magistrados condenaron por sedición, malversación y desobediencia a los enjuiciados por el procés. Las penas oscilaron entre 9 y 13 años de cárcel, así como inhabilitación y multa. Dicha sentencia fue muy criticada por algunos sectores políticos y mediáticos, tanto por considerarse las penas insuficientes como por considerarse excesivas.

En octubre de 2019 renovó su cargo de presidente al frente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, esta vez tras presentarse como único candidato. Fue reelegido por 19 votos a favor y 2 abstenciones.

Es autor de cerca de un centenar de publicaciones en revistas y obras colectivas. Entre los libros publicados, destacan:

Entre las publicaciones incluidas en obras colectivas, destacan:

En 2008, Marchena fue el magistrado ponente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que, cambiando la denominada doctrina Botín, inhabilitó y condenó por desobediencia a los parlamentarios vascos, Juan María Atutxa, Gorka Knörr y Kontxi Bilbao, en el conocido como caso Atutxa.[31]​ El Supremo había admitido a trámite el recurso de la asociación Manos Limpias contra la sentencia absolutoria (enero de 2007) del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) por unos hechos sucedidos en 2003.[32]​ En 2013, el Tribunal Constitucional rechazó el recurso de amparo presentado por los parlamentarios vascos y confirmó sus inhabilitaciones.[33]​ En 2017, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) falló contra España por haber vulnerado el punto 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos que ampara el derecho a un juicio justo.[34]​ El 2019, el Supremo anuló definitivamente la sentencia condenatoria de 2008 y ordenó el retorno de las multas impuestas.[35]

El 7 de mayo de 2012 una veintena de juristas presentaron un escrito ante el presidente del CGPJ Carlos Dívar exponiendo una serie de conductas privadas de magistrados del Supremo entre los que se encontraba Marchena "impartiendo cursos, conferencias y charlas para fundaciones, universidades y entidades con el patrocinio financiero de al menos 25 empresas privadas, desde bancos como el Santander o Cajamar, hasta multinacionales como Wolters Kluwer y Endesa, pasando por grandes bufetes de abogados como Garrigues Walker".[36]​ Esta frustrada denuncia fue rechazada "a límine" sin dar lugar a la incoación de ningún tipo de diligencia por el Consejo General del Poder Judicial. El artículo 389.5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que el cargo de Juez o Magistrado es incompatible con todo empleo, cargo o profesión retribuida, salvo la docencia o investigación jurídica, así como la producción y creación literaria, artística, científica y técnica, y las publicaciones derivadas de aquella, de conformidad con lo dispuesto en la legislación sobre incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.[37]



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