La Orden del Mérito de la Guardia Civil es una distinción para premiar las actuaciones o conductas de extraordinario relieve que redunden en prestigio del Cuerpo e interés de la Patria. Esta recompensa, de carácter civil, podrá ser concedida a los miembros de dicho Cuerpo y a cualquier otra persona o entidad que se haga acreedor de ello.
Esta recompensa, inicialmente creada como Medalla al Mérito de la Guardia Civil, en virtud de la Ley núm. 19 de 1976 (DO n.º 123) fue objeto de una modificación mediante la ley 2/2012, de 29 de junio, elevándola de medalla a orden, estableciendo una nueva categoría, la de la Gran Cruz, y adaptando su reglamento a algunos cambios normativos transcurridos más de treinta años.
En el Boletín Oficial del Estado n.º 231 de 2012 aparece Orden INT 2008/2012, de 21 de septiembre, por la que se publican los diseños de las cinco categorías que son:
El pasador de la Gran-Cruz lleva una corona real y posee los mismos colores que su banda, los de las Cruces de Oro y de Plata llevan un pequeño ramo de laurel del metal respectivo, diferenciándose así de los correspondientes a las Cruces con distintivo Rojo o Blanco que no llevan nada.
Existen tres corbatas correspondientes a las categorías de Gran-Cruz y Cruces de Oro y de Plata, confeccionadas en seda con los colores de sus respectivos pasadores y decoradas con representaciones bordadas de la placa correspondiente.
El agraciado con cualesquiera de las categorías que haya sido sentenciado por la comisión de un delito doloso o pública y notoriamente haya incurrido en actos contrario a las razones determinantes de la concesión de la distinción podrá, en virtud de expediente iniciado de oficio o por denuncia motivada, y con intervención del Fiscal de la Real Orden, ser desposeído del título correspondiente a la distinción concedida, decisión que corresponde a quien la otorgó.
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