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Medalla de Campaña



La Medalla de Campaña, es una condecoración militar española creada el 25 de mayo de 2018 con la finalidad de reconocer de la participación del personal civil o militar, nacional o extranjero, integrado o adscrito en unidades participantes en operaciones militares y campañas en el exterior. Al dejar de ser estas últimas excepcionales, con esta medalla se evitan situaciones de discriminación respecto a misiones internacionales, que cuentan con medallas específicas establecidas a tal efecto por organizaciones internacionales como la ONU o la OTAN.

La Medalla de la Campaña tiene un carácter únicamente honorífico, sin la consideración de recompensa militar, conforme a lo establecido en la disposición adicional tercera del real decreto 1040/2003, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento general de recompensas militares.

El procedimiento para otorgarla se iniciará de oficio, se tramitará y resolverá de acuerdo con lo que disponga el Ministro de Defensa mediante Orden Ministerial. Se adjudicará por resolución del Jefe de Estado Mayor de la Defensa, a propuesta del Comandante del Mando de Operaciones. La resolución se publicará en el Boletín Oficial del Ministerio de Defensa, y la condecoración podrá ser usada desde la fecha de publicación. Podrá recibirse cuantas veces se participe en una misma operación.

No entregará esta medalla al personal condenado por la comisión de un delito, que esté siendo investigado por hechos delictivos, o sancionado disciplinariamente por faltas muy graves o graves cometidas durante su permanencia en la operación que motive la condecoración. Con carácter extraordinario, también se entregará al personal que por motivos de actos de servicio o una contingencia profesional, haya fallecido, se dé por desaparecido o haya sido repatriado por heridas o lesiones graves.

La concesión de la Medalla de Campaña será compatible con recompensas militares que pudieran ser otorgadas en reconocimiento a los méritos específicos.

Los requisitos para la concesión de la Medalla de Campaña son los siguientes:

El pasador de la Medalla de Campaña, está constituido por la cinta de la medalla en los colores descritos, de 30 milímetros de longitud por diez milímetros de ancho, montada sobre armazón de metal dorado, y enmarcada por dos barras laterales de dicho metal, de doce milímetros de longitud y dos milímetros de ancho cada una. Sobre la cinta y en su centro, incorpora un rectángulo de dimensiones reducidas proporcionales al pasador, plateado, con el nombre de cada operación. Se ostentan tantos pasadores como medallas de campaña se posean, siendo su orden de precedencia el de la concesión.

El agraciado con cualesquiera de las categorías que haya sido sentenciado por la comisión de un delito doloso o pública y notoriamente haya incurrido en actos contrario a las razones determinantes de la concesión de la distinción podrá, en virtud de expediente iniciado de oficio o por denuncia motivada, y con intervención del Fiscal de la Real Orden, ser desposeído del título correspondiente a la distinción concedida, decisión que corresponde a quien la otorgó.

El contenido de este artículo incorpora material publicado en el Boletín Oficial del Estado, que se encuentra en el dominio público de conformidad a lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley de Propiedad Intelectual española.



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