Los monumentos naturales son aquellas áreas o especies vivas de animales o plantas a las cuales se les brinda protección absoluta debido a su interés estético, valor histórico o científico, rareza o vulnerabilidad. En Argentina, la ley nacional que regula las cuestiones vinculadas a las áreas naturales protegidas incluye en su artículo 3° la definición de monumento natural.
El concepto tuvo su origen en la Convención para la Protección de la Flora, de la Fauna y de las Bellezas Escénicas Naturales que se reunió en Washington D. C. en 1940, sin que sus conclusiones representaran un avance significativo a nivel mundial.
En el caso de las áreas declaradas monumento natural, la protección equivale a reserva natural estricta donde las únicas actividades permitidas son las visitas con guía, las inspecciones oficiales y las investigaciones científicas expresamente autorizadas. Por ejemplo, el monumento natural Laguna de los Pozuelos, en Jujuy, protege la rica y variada avifauna que alberga este ambiente, donde se destacan las colonias de flamencos andinos (Phoenicoparrus andinus). La protección puede ser ejercida desde el estado nacional o bien desde los estados provinciales o las administraciones departamentales.
En el caso de los seres vivos, la protección incluye algunas especies particularmente amenazadas en sí mismas o en su hábitat.
Alrededor de 600 ejemplares llegan cada año a la península Valdés en busca de las aguas cálidas que requieren para su reproducción.
Se ha registrado la presencia de unos pocos centenares de ejemplares en las áreas naturales protegidas de la patagonia andina.
Su hábitat se extiende en las zonas altas de las provincias del noroeste argentino.
Especie casi amenazada, su hábitat se reduce a las áreas protegidas del Parque nacional Iguazú, el parque nacional Calilegua, el parque nacional Baritú, la reserva nacional El nogalar de Los Toldos y el parque nacional Copo.
La ley n.º 4306 de la provincia del Chaco, sancionada el 6 de junio de 1996 declaró monumentos naturales provinciales a 7 especies:
La ley n.º 6599 de la provincia de Mendoza, sancionada el 12 de mayo de 1998 declaró monumentos naturales provinciales a 6 especies:
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