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Necesidad militar



Necesidad militar, junto con distinción y proporcionalidad, son tres importantes principios del derecho internacional humanitario que gobiernan el uso legal de la fuerza en un conflicto armado.

Necesidad militar es gobernada por varias restricciones: Un ataque o acción debe tener el propósito de propender en la derrota militar del enemigo, debe ser un ataque sobre un objetivo militar,[1]​ y el daño causado a los civiles o a la propiedad civil debe ser proporcional y no excesiva en relación a la ventaja militar concreta y directa anticipada.

Luis Moreno-Ocampo, Fiscal Jefe en la Corte Penal Internacional, investigó las acusaciones de crímenes de guerra durante la invasión de Iraq del año 2003 y él publicó una carta abierta que contenía sus hallazgos. En una sección titulada "Alegatos en relación a Crímenes de Guerra" aunque él no lo llamó necesidad militar él resumió el término:

Artículo 8(2)(b)(iv) criminaliza:
El lanzamiento intencional de un ataque, con el conocimiento de que tal ataque causará pérdida de vida y heridas colaterales a civiles o daño a objetos civiles o daño amplio, de largo plazo y severo al ambiente natural que sería claramente excesivo en relación a la ventaja militar concreta y directa anticipada;
Artículo 8(2)(b)(iv) se basa en los principios del Artículo 51(5)(b) del Protocolo I Adicional de 1977 a los Convenios de Ginebra de 1949, pero restringe la prohibición criminal a casos que son "claramente" excesivos. La aplicación del Artículo 8(2)(b)(iv) requiere, inter alia, una evaluación de:
(a) el daño o herida civil anticipado;
(b) la ventaja militar anticipada;
(c) y si (a) era "claramente excesivo" en relación a (b).

El juicio de un comandante en terreno en la batalla sobre la necesidad militar y la proporcionalidad está raramente sujeta a un desafío legal nacional o internacional a menos que los métodos de guerra usados por el comandante fueran ilegales, como era por ejemplo con el caso de Radislav Krstic quien fue encontrado culpable como un auxiliador y cómplice de genocidio por el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia por la Masacre de Srebrenica.

La necesidad militar también se aplica a las armas,[3]​ particularmente cuando una nueva arma es desarrollada y desplegada.[4]​ Este uso fue considerado en Ryuichi Shimoda y otros v. El Estado (1963)



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