Oratorio, según el derecho canónico, es un lugar destinado al culto divino, no erigido, en principio, para la utilidad de todos los fieles.
En un oratorio en sentido estricto, es decir, legítimamente constituido, pueden celebrarse misas; y ha de estar dedicado a la celebración de la misa y otras funciones sagradas.
Existen diversos tipos de oratorios:
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