La Secretaría del Trabajo y Previsión Social es una de las secretarías de Estado que integran el denominado gabinete legal del presidente de México. Es el despacho del poder ejecutivo federal encargado de la administración y regulación de las relaciones laborales (obrero-patrón).
Es la encargada de diseñar, ejecutar y coordinar las políticas públicas en materia de generación de empleos, las relaciones contractuales, las agrupaciones de trabajadores, los derechos laborales y los Derechos sociales emanados de los anteriores. Todo lo anterior deberá vigilarlo y operarlo en función de lo que determinan el artículo 123 constitucional y la Ley Federal del Trabajo.
Sus facultades para ello incluyen, operar las Juntas de Conciliación y Arbitraje para la resolución de las disputas entre los factores de producción (empleados y empleadores); en coordinación con la SEP, dirigir los sistemas de formación profesional para el trabajo, y los cursos o capacitaciones para los trabajadores de todos los sectores económicos (en el sector primario habrá de coordinarse, además, con la SAGARPA); revisar que contratos colectivos, estatutos sindicales, reglamentos o políticas empresariales, procesos de producción y toda normatividad inherente a los empleos, no sean violatorias de la ley y la constitución, en cuyo caso podrá pedir a Tribunales en la materia, dictar invalidaciones o excepciones; dirigir la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo; registrar toda asociación obrera, patronal y profesional; y coordinar las políticas de seguridad social.
La falta de derechos laborales durante la época del porfiriato fue una de las causas de la revolución mexicana cuando la mayoría de la población vivía y trabajaba en actividades agrícolas. Tras el derrocamiento de Díaz, el presidente Francisco I. Madero decretó el 18 de diciembre de 1911 la creación del Departamento del Trabajo que dependió de la entonces Secretaría de Fomento, colonización e Industria, su carácter fue plenamente conciliatorio y fue la primera institución de su tipo en México. En 1915 el presidente Venustiano Carranza incorporó el Departamento de trabajo a la Secretaría de Gobernación, y 2 años después se promulgó la Constitución Política de 1917 en la que por primera vez se estableció una base para la justicia laboral en el país. Esta evolución democrática política originó a su vez que en 1940 se promulgara una estructura jurídica de dependencias del poder ejecutivo y en 1941 el presidente Manuel Ávila Camacho creó la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, que ya no dependió a partir de entonces de otra secretaría. En 1976 se promulgó la Ley Orgánica de la Administración pública federal que incorporó las delegaciones federales de la secretaría en los 31 estados de la nación y el distrito federal. En 2003 fue promulgado el Reglamento interior de esta secretaría.
Según el artículo 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, le corresponde el despacho, entre otras, de las siguientes funciones:
Para llevar a cabo dichas funciones, la secretaría cuenta con las siguientes unidades administrativas:
La secretaría del trabajo es la encargada de vigilar el cumplimiento de la normatividad en Seguridad y Salud en el trabajo en todo el territorio mexicano, todas estas disposiciones tienen como fundamento al artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
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