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Secretaría de Estado de Relaciones con las Cortes



La Secretaría de Estado de Relaciones con las Cortes y Asuntos Constitucionales es el órgano superior del Ministerio de la Presidencia al que corresponden las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. Le corresponde asimismo, de acuerdo con las directrices emanadas de la titular del ministerio, la coordinación de los asuntos de relevancia constitucional y del programa legislativo del Gobierno.[1]

En concreto, se encarga de la asistencia o representación de la titular del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática en las reuniones de las Juntas de Portavoces de las Cortes, la remisión a las Cortes Generales de los escritos y comunicaciones que el Gobierno envíe a las Cámaras, excepto en el caso de los tratados y convenios internacionales, proyectos de ley, reales decretos-leyes y reales decretos legislativos y del estudio, seguimiento y coordinación de la tramitación parlamentaria del programa legislativo del Gobierno.[1]

Asimismo, asume la coordinación de la actividad administrativa de las relaciones del Gobierno con las Cortes Generales y la asistencia al Gobierno en el ámbito del control parlamentario y, en general, en sus relaciones con las Cámaras; la coordinación de los asuntos de relevancia constitucional, la realización de estudios e informes relacionados con las iniciativas de reforma constitucional y de reforma de los Estatutos de Autonomía y del seguimiento, la valoración y, en su caso, la formulación de propuestas en relación con el programa y la actividad legislativa del Gobierno.[1]

La secretaría de Estado fue creada el 6 de marzo de 1981 bajo la denominación de Secretaría de Estado para las Relaciones con las Cortes y se componía de dos únicos órganos con rango de secretaría, la secretaría para las Actividades Legislativas y la secretaría para las Actividades de Control Parlamentario.[2]​ Dependía del Ministerio de la Presidencia.

En 1982 cambió su denominación a Secretaría de Estado para las Relaciones con las Cortes y la Coordinación Legislativa. En 1986 se creó el Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno que asumió todas las competencias y suprimió la secretaría de Estado y el Ministerio.

Con la recuperación del Ministerio de la Presidencia en 1993, las funciones de la secretaría de Estado se reúnen en la Secretaría General de Relaciones con las Cortes (órgano que ya existió entre 1977 y 1981) que apenas duró tres años hasta que en 1996 se recuperó la Secretaría de Estado de Relaciones con las Cortes.[3]

En 2008 se cambió la denominación a la de Secretaría de Estado de Asuntos Constitucionales y Parlamentarios hasta finales de 2011[4]​ cuando recuperó su denominación original y la que actualmente se mantiene.

En 2020 fue renombrada como Secretaría de Estado de Relaciones con las Cortes y Asuntos Constitucionales.[5]​ Este cambio de denominación no supuso una ampliación de competencias, sino únicamente que sus funciones de dividieron entre la ya existente DG de Relaciones con las Cortes y la nueva Dirección General de Asuntos Constitucionales y Coordinación Jurídica.[1]

De la Secretaría de Estado de Relaciones con las Cortes dependen:[1]

Como órgano de apoyo y asistencia inmediata al Secretario de Estado, existe un Gabinete con nivel orgánico de subdirección general.

El actual titular de la Secretaría de Estado es:

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