El señorío del Solar de Tejada es una institución jurídica nobiliaria que hace referencia al señorío territorial ubicado en la Sierra de Cameros, concedido en el fecha desconocida del año de 844 por Ramiro I, rey de Asturias y de León, a favor de Sancho Fernández de Tejada, señor de la Casa Cadina, Maestre de Campo y General en la legendaria batalla de Clavijo (Cameros-La Rioja). Constituye en la actualidad uno de los últimos vestigios de los señoríos castellanos de behetría de linaje o divisa, el único de dos que permanecen desde el siglo IX. Es un señorío hermano del Solar de Valdeosera, estando su reconocimiento reflejado en sus concesiones reales. El señorío de Tejada no se vio afectado por los decretos de abolición de los señoríos por tener la consideración de señorío territorial, divisa y condominio solariego, siendo un título nobiliario español, tal y como aparece inscrito en la Guía de Grandezas y Títulos del Reino de 1958 del Ministerio de Justicia.
La Antigua, Noble, Ilustre Villa y Casa Solar Infanzona de Tejada goza de cuantas gracias, mercedes, privilegios, exenciones, inmunidades, fueros y privilegios estén hoy en vigor, de las que fueron concedidas, reconocidas o confirmadas por todos los Señores Reyes de León, Castilla y España desde el rey Ramiro I, así como en particular, el derecho a usar el Escudo de Armas del Solar que se describe en la Real Cédula de Enrique IV de Castilla, dada en Valladolid en 10 de septiembre de 1460, siendo ratificada en el Real de la Vega de Granada por los Reyes Católicos en 8 de julio de 1491 y por los demás Reales Sucesores y Jefes de Estado, y confirmada por S.M. don Juan Carlos I mediante Real Orden de 18 de febrero de 1981. Resultando el único reconocimiento contemporáneo por parte de los poderes públicos españoles de la nobleza de sangre o hidalguía.
Otorgado como reconocimiento en 844 por el rey Ramiro I de Asturias a Sancho Fernández de Tejada, general en la mítica Batalla de Clavijo acaecida, según la leyenda, en mayo del 844. Este premio, que se otorgó a Sancho y sus trece hijos, suponía una serie de privilegios de hidalguía para ellos y sus descendientes, entre otros el uso de un escudo heráldico y también la vigilancia del recién creado Camino de Santiago desde sus castillos de Viguera y Clavijo.
Aunque durante mucho tiempo se creyó que había sido constituido según el derecho germánico, estudios posteriores acreditan ser su esencia jurídica eminentemente castellana pues sus orígenes se encuentran muy cercanos, si no son un ejemplo paradigmático, de los antiguos señoríos de behetría. Original y singular forma de la historia señorial de Castilla en que tanto los hombres como las mujeres tenían derecho a recibir en herencia la cuota que les correspondiera y en el que se solapaban propiedad y jurisdicción en varios niveles señoriales. Según la leyenda el rey Ramiro I de Asturias y León concedió un señorío en proindiviso para los descendientes, sin distinción entre varones y hembras, de los trece hijos que tuvo dicho Sancho de Tejada con su mujer Nuña Gundemara de la casa de Toral.[cita requerida] Siete hijos se asentaron en el Solar de Tejada —entendido el término solar, como la casa más antigua de un linaje—, otros cinco volvieron con su padre a sus tierras de origen y el menor junto a doce caballeros galicianos constituyeron el hermano Solar de Valdeosera, con el que comparte historia y escudo.
El territorio jurisdiccional original del Solar de Tejada, en Tierra de Camero Viejo en el término de Laguna de Cameros (Rioja), amplísimo en su origen, fue reduciéndose por distintas circunstancias hasta las 550 hectáreas con que cuenta en la actualidad y que continúa como propiedad indivisa de sus "Señores Diviseros" junto a la antigua Casa Cadina.
Se trata de uno de los pocos señoríos que sobrevivieron a los avatares del siglo XIX y a la abolición de los mismos que promulgó la Constitución de Cádiz en 1812, adaptándose a las circunstancias y olvidando arcaicos derechos jurisdiccionales, pero manteniendo su identidad y arraigo en la zona, así como sus tradiciones, finca y su singular privilegio de hidalguía.
Los privilegios de hidalguía y uso de armas concedidos en un principio a sus señores han sido confirmados por todos los reyes de España hasta nuestros días y como tal el Solar de Tejada figura inscrito en el epígrafe de "Señoríos y otras dignidades" de la Guía Oficial de Grandezas y Títulos Nobiliarios que periódicamente publica el Ministerio de Justicia español.
Los diviseros se inscriben en 7 divisas. Para su proceso de "asentamiento", un nuevo divisero, debe acreditar, mediante pruebas documentales fehacientes, la descendencia de diviseros previamente inscritos en el Solar y su registro genealógico, siendo este proceso supervisado y verificado por la Junta de Probanza, que emitirá un juicio y procederá o no a su inscripción en los libros de asentamientos que se conservan desde el siglo XVI hasta nuestros días. De acuerdo con la Real Cédula de Enrique IV de Castilla, se consideran válidas tanto las líneas de varón como de mujer, lo que ha propiciado la expansión de los descendientes por todo el mundo. Este archivo genealógico, ininterrumpido desde 1569 supone un tesoro histórico incomparable que atestigua la relación de una gran familia; los apuntes de asentamiento se anotan en los libros de archivo una vez verificado en los centenarios libros becerros.
El Antiguo e Ilustre Solar de Tejada dispone de un importante fondo histórico compuesto por las diferentes concesiones reales desde la concedida por los Reyes Católicos en la vega de Granada en 1491 hasta las actuales, diversa correspondencia y los Libros Becerros. Tradicionalmente esta documentación se aseguraba en un archivo en la propia Casa Cadina dentro de la finca del solar. Se mantiene la tradición de los custodios de las llaves del archivo o claveros, se trata de seis diviseros, uno por cada pueblo limítrofe, que guarda una vieja llave necesaria para la apertura del candado del archivo. Esto obliga a que para abrir el archivo deban estar presentes todos los claveros con sus respectivas llaves y que las utilicen en un orden y posición precisos.
Presidido por su Alcalde, asistido por el Canciller, así como por dos diputados y un clavero (custodio de una de las llaves centenarias que deben reunirse para abrir el Archivo) por cada una de las siguientes villas: Laguna de Cameros, Cabezón de Cameros, Jalón de Cameros, Muro de Cameros, Almarza de Cameros y Pinillos de Cameros.
El señorío se encuentra gobernado por la Junta de caballeros y damas hijosdalgo propietarios del mismo. Todos los años, el primer domingo de octubre se reúnen en la casa solar donde se tratan asuntos de interés, como el arrendamiento de los pastos, subasta de las suertes anuales de leña y otros rendimientos de índole agrícola tradicionalmente explotados en el señorío. En la Junta anual, respetando un antiguo ceremonial, se da asiento a los nuevos señores y damas hijosdalgo, tras haber demostrado su entronque con quien ya fue recibido en los seculares libros de becerro.
En enero de 2015 el Boletín Oficial del Estado publicó la declaración del Señorío del Ilustre Solar de Tejada y a su Junta de Caballeros y Damas Hijosdalgo como Bien de Interés Cultural de carácter inmaterial.
El listado completo de señores diviseros está en la página oficial.
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