La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires es el organismo que ejerce el Poder Judicial en la provincia de Buenos Aires, una de las 24 entidades subnacionales de la República Argentina. Este poder es desempeñado además por la Cámara de Casación Penal, y los jueces y demás tribunales de los 21 departamentos judiciales establecidos por ley, cada uno con sus respectivos Fueros Penal, Civil, Contencioso-Administrativo, Laboral, de Familia y de Menores. La Constitución establece también juzgados de Paz en todos los partidos de la provincia que no sean cabecera de departamento judicial. Estos se encargan de atender faltas provinciales, causas de menor cuantía y vecinales.
La Suprema Corte de Justicia, según ley 5.827, estará integrada por siete jueces.
Para ser miembro de la Suprema Corte se requiere:
El nombramiento de los ministros de la Suprema Corte es una facultad compartida entre el Poder Ejecutivo y la Legislatura provincial. El proceso para hacerlo está establecido expresamente en la Constitución provincial, en el artículo 175. Allí se establece que el Gobernador designa al candidato y el Senado, con una mayoría especial de dos tercios de los miembros presentes, debe convalidarlo en una sesión pública. Cumplido los dos requisitos y antes de asumir sus cargos, deben prestar juramento, ante el presidente de la suprema Corte (art. 179).
El artículo 162 de la Constitución provincial establece que la presidencia de la Suprema Corte de Justicia se turnará anualmente entre sus miembros, principiando por el mayor de edad.
Lista de los jueces que actualmente conforman la Suprema Corte, el listado de todos los integrantes de la desde sus inicios se encuentra en el Anexo a continuación.
La provincia de Buenos Aires, cuyo territorio forma parte del espacio que ocupaba el Virreinato del Río de la Plata, posee una organización judicial que es heredera de la estructura institucional que España supo trasladar a sus colonias en América.
En ese contexto, la Suprema Corte de Justicia cuya instauración data del año 1875, reconoce su antecedente colonial en la Real Audiencia de Buenos Aires de 1783. Los sucesos de mayo de 1810, dan comienzo al denominado “período patrio”, el cual estuvo signado por el paulatino quiebre del vínculo con España. Este proceso emancipador tuvo su desenlace en la declaración de la independencia de 1816, hito que se extendería al resto del continente americano a partir de la epopeya emprendida por el General José de San Martín.
Las reformas políticas, económicas y sociales que se generan en esta nueva etapa van otorgando una nueva fisonomía a la incipiente Nación. Una de las primeras transformaciones del estado colonial se concreta con la instalación de la Primera Junta de Gobierno.
Los acontecimientos de Mayo sin embargo no alteran en un principio las instituciones judiciales. Prueba de ello es la actitud de la Primera Junta de Gobierno, que en su Constitución establece que sus integrantes quedan excluidos de ejercer el poder judiciario el cual se refundirá en la Real Audiencia.
Esta institución sobrevive a los avatares políticos-institucionales hasta el 23 de enero de 1812, cuando el Primer Triunvirato sancionó "El Reglamento de Institución y Administración de Justicia de las Provincias Unidas del Río de La Plata", en donde se establece que el Tribunal Supremo, que hasta ese momento había sido la Real Audiencia, queda extinguido pues en adelante se llamará Cámara de Apelaciones. Nació así la Cámara de Apelaciones, que iba a funcionar hasta 1859, aunque sus verdaderas normas de actuación sólo surgieron de la Asamblea de 1813.
El primer presidente fue Juan Luis de Aguirre y la integraron, entre otros y a través del tiempo, José Díaz Vélez, Miguel Mariano de Villegas, Juan José Paso, Gregorio Tagle, Dalmacio Vélez Sarsfield, Benito Carrasco y Juan José Alsina.
El 1° de mayo de 1853 se aprueba la Constitución Nacional. La provincia de Buenos Aires en medio de desacuerdos políticos y económicos se aparta de la Confederación e inicia su propio camino conformando lo que se dio en llamar el Estado de Buenos Aires.
En la Constitución de 1854 el Superior Tribunal de Justicia se encuentra en la cúspide del Poder Judicial.
Superados los conflictos que separan a Buenos Aires de la Confederación Argentina, se logra a partir de 1860 la unión definitiva de todas las provincias bajo un único texto constitucional.
La Provincia de Buenos Aires, ante la nueva situación debe sancionar un texto constitucional que se adaptara a los nuevos acontecimientos. Así nace la Constitución de 1873, cuya innovación más importante en materia judicial es la creación de la Suprema Corte de Justicia.
Este periodo está signado por la búsqueda de la estabilidad política y el afianzamiento institucional. En 1880 se federaliza la ciudad de Buenos Aires. Hasta ese momento el gobierno nacional y el provincial convivían en la misma ciudad.
La resolución de este antiguo pleito motiva a la provincia a buscar un nuevo asiento a sus autoridades.
Nace así la ciudad de La Plata, cuya fundación en 1882 es obra de Dardo Rocha. Construida la ciudad, en 1884, se trasladan los poderes públicos a la nueva capital. Así lo hace el Poder Judicial, ocupando transitoriamente el actual edificio de la Universidad de La Plata.
A partir de 1886 la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, cabeza del Poder Judicial, permanece en el actual Palacio de Justicia de la ciudad de La Plata ubicado en avenida 13 entre 47 y 48.
Desde entonces, el Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires desarrolla un continuo proceso de transformación en pos de dar respuestas a las complejas necesidades de la sociedad.
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