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Comisión de la Verdad para El Salvador



La Comisión de la Verdad para El Salvador fue un organismo establecido por los Acuerdos de Paz de Chapultepec, que pusieron fin a la Guerra civil de El Salvador, para investigar las más graves violaciones a los derechos humanos ocurridas durante este conflicto bélico.

Dentro del proceso de diálogo que concluyó con la firma de los Acuerdos de Chapultepec, el 27 de abril de 1991 el gobierno de El Salvador y el Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional firmaron los Acuerdos de México, en los cuales las partes convenían crear una Comisión de la Verdad y se comprometían a cumplir con las recomendaciones de la misma. Este compromiso fue reafirmado en los Acuerdos de Chapultepec, en donde se reconocía la necesidad de superar la impunidad en casos de graves violaciones a los derechos humanos, remitiendo la consideración y resolución de este punto a la Comisión de la Verdad, la cual estuvo presidida por el expresidente colombiano Belisario Betancur, el venezolano Reinaldo Figueredo y el estadounidense Thomas Buergenthal, quienes fueron designados para esta función por el Secretario General de las Naciones Unidas. La Dirección Ejecutiva de la Comisión recayó en Patricia Tappatá de Valdez, reconocida activista de derechos humanos argentina.

En cumplimiento de lo establecido en los Acuerdos de Chapultepec, la Asamblea Legislativa aprobó el 23 de enero de 1992 la “Ley de Reconciliación Nacional”, la cual establece lo siguiente:

Pero también esta normativa señala la siguiente exclusión:

Así mismo, no se aplicará esta gracia a los que hubieren sido condenados por el Trinunal del Jurado por cualquiera de los delitos cubiertos por esta amnistía.

El informe de la Comisión denominado "De la Locura a la Esperanza: la guerra de los Doce Años en El Salvador" se dio a conocer el 15 de marzo de 1993, 26 meses después de la firma de los Acuerdos de Chapultepec. La Comisión recibió testimonio directo de 2,000 personas con relación a 7,000 víctimas, e información de fuentes secundarias relacionadas con más de 8,000 víctimas. Además de 23,000 denuncias presentadas a través de otras instituciones o remitidas por carta. De todo este cúmulo de denuncias se elaboró una lista de 13,569 casos de los que la Comisión seleccionó 32 considerados ejemplarizantes de los patrones de violencia de las partes contendientes, la Fuerza Armada de El Salvador, los Escuadrones de la Muerte y la guerrilla del FMLN.

Entre estos casos se hallaba el asesinato del arzobispo de San Salvador, Óscar Arnulfo Romero, ocurrida el 24 de marzo de 1980 atribuido a la acción de los escuadrones de la muerte; así como también la matanza de campesinos conocida como Masacre del Mozote y los homicidios de seis sacerdotes jesuitas, acontecidos el 16 de noviembre de 1989, atribuidos a la acción de unidades de la Fuerza Armada; así como las ejecuciones extrajudiciales de alcaldes y miembros del gobierno atribuidos a milicias de la guerrilla del FMLN.

Cinco días después de que la Comisión presentará su informe, la Asamblea Legislativa, aprobó la “Ley de Amnistía General para la Consolidación de la Paz”, la cual regula lo siguiente:

Al mismo tiempo esta nueva ley establece la siguiente disposición final:

La Ley de Amnistía General para la Consolidación de la Paz, al abarcar todos los hechos violentos ocurridos en la guerra civil, constituyó una violación a lo pactado en los Acuerdos de Chapultepec, ya que en ellos se reconoció que los casos de graves violaciones a los derechos humanos debían ser sancionados de conformidad con la ley, en los siguientes términos:

Por sentencia definitiva del 13 de julio de 2016, pronunciada en el proceso de inconstitucionalidad 44-2013/145-2013, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional la “Ley de Amnistía General para la Consolidación de la Paz” y reconoció la reviviscencia de la “Ley de Reconciliación Nacional”.[5]



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