La Dirección General de la Administración General del Estado en el Territorio (DGAGET) es el órgano directivo del Ministerio de Política Territorial, dependiente de la Secretaría General de Coordinación Territorial, encargado de la gestión, dirección y control de la Administración Periférica del Estado así como sus relaciones con las distintas Administraciones Públicas.
Este órgano directivo se crea en mayo de 1979 bajo la denominación de Dirección General de Coordinación de la Administración Periférica del Estado e integrado en el Ministerio de la Presidencia, con la potestad de aprobar cuantas directrices fueren necesarias para mantener la coordinación entre la política del Gobierno central y sus órganos periféricos.
Este órgano desaparece en octubre de 1980, pasando sus funciones a estar asumidas por la Subdirección General de Cooperación con la Administración Periférica de la Dirección General de Cooperación Local, todos ellos encuadrados ya en el nuevo Ministerio de Administración Territorial.
Cabe destacar, que desde la década de 1980 hasta finales de la década de los 2000, tanto los distintos ministerios encargados de la política territorial, como el de la Presidencia y el Ministerio del Interior tuvieron órganos destinados a gestionar distintos aspectos de la administración periférica. En concreto, el Ministerio del Interior tenía encomendadas las relaciones con las Delegaciones del Gobierno, que fueron transferidas al Ministerio de Administraciones Públicas en 1997, tras la supresión de los gobiernos civiles y la creación de las subdelegaciones.
Este cambio competencial se reflejó tres años más tarde, en mayo de 2000, con la recuperación del órgano bajo el nombre de Dirección General de la Administración Periférica del Estado.
En 2004, el nuevo gobierno suprimió el órgano, integrándolo en una nueva Dirección General de Recursos Humanos, Programación Económica y Administración Periférica, dentro de la Subsecretaría del Departamento. Con rango de dirección general no se recuperará el órgano hasta 2008, cuando se denomina Dirección General de Servicios y de Coordinación de la Administración General del Estado en las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía. El periodo que abarca desde 2008 hasta 2010 es un periodo muy convulso para este órgano, cambiando de denominación hasta en tres ocasiones más y llegando a tener conflictos con el Tribunal Supremo.
En relación con el primero de los problemas, en abril de 2009 el órgano se renombra como Dirección General de Relaciones entre la Administración Periférica del Estado y las Comunidades Autónomas y las Ciudades con Estatuto de Autonomía de Ceuta y Melilla, y en junio de 2009 como Dirección General de Relaciones entre la Administración Periférica del Estado y las Comunidades Autónomas y las Ciudades con Estatuto de Autonomía y de Servicios del Departamento
Ese mismo mes, en el Ministerio de la Presidencia, se crea la Dirección General de Coordinación y Administración de los Servicios Periféricos, encargada principalmente de la coordinación de las delegaciones y subdelegaciones del Gobierno. Finalmente, en septiembre de 2010 vuelve a su denominación tradicional, Dirección General de Coordinación de la Administración Periférica del Estado.
En cuanto al segundo de los problemas, en 2011 la Sala Tercera del Tribunal Supremo declaró nula, a petición de la Asociación de Administradores Civiles del Estado y la Federación de Asociaciones de los Cuerpos Superiores de la Administración Civil del Estado, la disposición adicional primera del Real Decreto 1039/2009 que extendía la excepción de la no necesidad de la categoría de funcionario al director general de este centro directivo al no considerarlo ajustado a derecho.
En 2012 se integró el órgano en el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y, en 2016, en el Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales bajo la denominación, Dirección General de la Administración Periférica del Estado, nombre que ya utilizó en su segunda etapa. En junio de 2018 se suprimió el órgano, pasando sus funciones y sus subdirecciones generales directamente a la Secretaría General de Coordinación Territorial.
Esta situación se revirtió en enero de 2020, cuando se recuperó el órgano con el nombre de Dirección General de la Administración General del Estado en el Territorio, volviendo a él todas las funciones y subdirecciones generales.
De ésta Dirección General dependen los siguientes órganos, a través de los cuales ejerce sus funciones:
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