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FGR



La Fiscalía General de la República (FGR) es uno de los órganos constitucionales autónomos con funciones de ministerio público de México encargada de investigar y perseguir los delitos del orden federal, ante los tribunales del Poder Judicial de la Federación.

Es la encargada de diseñar, planear, ejecutar y coordinar las políticas públicas en materia de investigación criminal de los hechos que revisten los caracteres de delito; de garantizar la protección y asistencia a las víctimas, testigos, y el resto de los sujetos que integran el proceso judicial; asumir la titularidad y sustento de la acción penal pública en representación del Estado y la sociedad en general ante el Poder Judicial de la Federación; intervenir en los procesos de extradición; colaborar en las acciones de combate al delito, encabezando a los elementos del Ministerio Público Federal, esto en apoyo a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana; e intervenir en las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad de acuerdo a lo que establezca la Suprema Corte de Justicia de la Nación.[2][3][4][5]

Su titular, el fiscal general de la República, es nombrado con aprobación de las dos terceras partes del Senado, a partir de una terna propuesta por el presidente. El fiscal general es quien preside al Ministerio Público de la Federación y a sus órganos auxiliares, que son la Coordinación de Métodos de Investigación, las fiscalías especializadas, la policía investigadora y los peritos.

La institución reemplazó a la Procuraduría General de la República, el 20 de diciembre de 2018.[6][7]

El organismo, bajo esta denominación, contaba ya con antecedentes históricos que lo habían ligado como uno de los depositarios del Poder Judicial de la Federación en todos los regímenes constitucionales del país.

Desde 1917 bajo la denominación de Procuraduría General de la República quedó sujeta al Presidente de la República como parte del gabinete. La reforma constitucional al artículo 102 y la promulgación de una Ley Orgánica la dotaron de plena autonomía en 2018.[8][9][10][11][12][13]​. El 20 de mayo de 2021 se expide la Ley de la Fiscalía General de la República que abroga la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República.[14]

Establecidas por el artículo 10 de la Ley de la Fiscalía General de la República[15]

II. Formar parte del Sistema Nacional de Seguridad Pública como entidad autónoma.

III. Remitir al Congreso de la Unión la postura institucional mediante una opinión técnica jurídica sobre las iniciativas de ley, de reformas constitucionales y legales en el ámbito de su competencia presentadas por la persona titular del Ejecutivo Federal y en las Cámaras del Congreso de la Unión.

IV. Formar y actualizar a las personas servidoras públicas para la investigación y persecución de los delitos en las materias que sean de su competencia, así como implementar un servicio profesional de carrera de las personas agentes del Ministerio Público de la Federación, personas policías federales ministeriales, personas peritas, personas analistas y personas facilitadoras.

V. Implementar un sistema institucional de evaluación de resultados, a través del establecimiento de indicadores que sirvan para evaluar su desempeño para mejorar sus resultados.

VI. Crear y administrar las bases nacionales de información en el ámbito de su competencia.

VII. Establecer medios de información sistemática y directa a la sociedad, para dar cuenta de sus actividades. Para efectos del acceso a la información pública, la Fiscalía General se regirá bajo el principio de máxima publicidad en los términos de la Constitución, no obstante, se reservará la información cuya divulgación pueda poner en riesgo la seguridad de las personas que intervienen en un procedimiento penal o las investigaciones que realice la persona agente del Ministerio Público de la Federación y mantendrá la confidencialidad de los datos personales, en los términos que disponga el Código Nacional, otras disposiciones aplicables y la presente Ley.

VIII. Hacer del conocimiento de la sociedad los instrumentos jurídicos a que refiere la presente Ley, los que serán publicados gratuitamente en el Diario Oficial de la Federación.

IX. Llevar a cabo todos los actos que deriven de las disposiciones aplicables para la constitución y administración de fondos en el ámbito de su competencia.

X. Desarrollar los mecanismos necesarios de comunicación y colaboración con agencias de policía internacional para la investigación de los hechos que la ley señala como delito de conformidad con lo previsto en la Constitución y los tratados internacionales.

XI. Desarrollar e instrumentar un sistema de medidas de protección para las personas servidoras públicas de la Institución.

Para el cumplimiento de sus funciones, la Fiscalía tiene la siguiente estructura orgánica.[16]

El 18 de enero de 2019, Alejandro Gertz Manero fue nombrado primer Fiscal General de la República, con 91 votos a favor en el procedimiento llevado a cabo en el Senado de la República. Su gestión tendrá una duración de nueve años. La votación se definió con una terna que incluyó también a Eva Verónica de Gyvez Zárate y a Bernardo Bátiz Vázquez.[17]



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