Malos usos señoriales es una locución usada en la Edad Media (incluso, durante el Antiguo Régimen) en la Corona de Castilla, pero sobre todo, en la Corona de Aragón (mals usos en lengua catalana), para referirse a determinadas costumbres feudales, en general prestaciones a las que estaban sometidos los siervos encomendados a algún señor feudal. Estas prestaciones u obligaciones constituyen un tipo de derecho del señor a maltratar a su siervo (ius maletractandi) y, entre los siglos IX y XIII, se aceptaban como lícitas, consideradas algo normal, especialmente en los territorios caracterizados por su mayor similitud al feudalismo "puro": los condados carolingios de la zona pirenaica (Marca Hispánica) paulatinamente convertidos en entidades políticas independientes de hecho (reino de Navarra, reino de Aragón y condados catalanes).
Ya en la Baja Edad Media, al cobrar más protagonismo el pueblo llano, junto con la paulatina recuperación de usos propios del derecho romano, los malos usos señoriales comenzaron a verse como abusivos o a sustituirse por pagos en metálico. Sin embargo, con la crisis del siglo XIV (peste negra de 1348), muchos nobles vieron reducir sus rentas y peligrar su privilegiado nivel de vida. Una respuesta a ello (la llamada "reacción señorial") consistió en revivir esos malos usos para aumentar su recaudación, lo que en muchos casos provocó importantes revueltas de campesinos, fenómeno común a toda la Europa Occidental (la jacquerie francesa de 1358, la peaseants' revolt inglesa de 1381, la rebelión de los taboritas bohemios entre 1418 y 1439 -muchas tenían un fundamento religioso basado en la igualdad del cristianismo primitivo: "Cuando Adán cavaba la tierra y Eva hilaba, ¿quién era Gentilhombre?"-). En los distintos reinos españoles se produjeron varias desde mediados del siglo XIV hasta mediados del siglo XV (irmandiños gallegos, remenças catalanes).
En la corona de Castilla es difícil determinar en qué consistían los malos usos por estar sujetos más a la tradición oral y al derecho consuetudinario; pero, en general se refieren a los llamados malos fueros, es decir, regímenes feudales más duros en prestaciones. Ya que en Castilla la repoblación intentaba atraer gentes de otras zonas o países, era raro que los fueros o las leyes fueran duras. Por eso los malos usos son más esporádicos o simplemente son pagos monetarios. Es difícil establecer una lista de este tipo de gabelas, pero aquí se ofrecen algunos ejemplos:
En la Corona de Aragón, en cambio, y sobre todo en el Principado de Cataluña, la repoblación estuvo fuertemente controlada por la nobleza feudal y generalmente se establecía un número concreto de prestaciones que después serían consideradas malos usos. En los Usatges de Barcelona solo se recogen tres de estas obligaciones, pero en la mayoría de las encomiendas, especialmente de payeses de remensa (pagès de remença), los malos usos son seis:
Esta serie de malos usos fue una de las causas, si bien no la única, de la importante rebelión de los payeses de remensa contra sus señores, entre 1440 y 1486, año en el que Fernando el Católico los derogó a través de la Sentencia arbitral de Guadalupe.
Pero, sin duda, el peligro más grave por parte de los nobles era la paulatina penetración en el seno de las comunidades libres mediante compras o heredamientos. De este modo, los territorios de realengo pasan a manos de los señores a pesar de todas las medidas que intentaron tomar las cortes de los reinos y las hermandades de campesinos para evitarlo.
Es un derecho feudal que permitiría al señor abusar sexualmente de las doncellas de su feudo el día de su boda. Sin embargo, los investigadores no han encontrado apenas pruebas documentales sobre su verdadera naturaleza, por lo que se discute si realmente existió en la Edad Media europea. En efecto, actualmente, hay una verdadera controversia científica sobre si el derecho de pernada existió realmente o es un mito inventado en periodos posteriores.
La postura más consensuada es que, por lo visto, el Ius primæ noctis, tal como se entiende hoy día, es el resultado de la interpretación tendenciosa que hicieron los ilustrados a fines del siglo XVIII para desprestigiar a la nobleza, al tiempo que reclamaban la desaparición de todos sus privilegios. Todo parece apuntar a que este mito surgiría al unir dos fenómenos diferentes:
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