x
1

Cuerpo Nacional de Policía



El Cuerpo Nacional de Policía (CNP), denominado también Policía Nacional,[nota 1]​ es un instituto armado español de naturaleza civil, dependiente del Ministerio del Interior,[2]​ principal responsable de la vigilancia policial de todas las capitales de provincia y núcleos urbanos que el Gobierno determine.[3]​ Es una de las dos fuerzas de seguridad de ámbito nacional, junto con la Guardia Civil.

Se encarga además, a través de sus numerosas especialidades, de investigaciones penales, judiciales, terroristas y asuntos sobre orden público y extranjería. Sin embargo, la capacidad y poder del CNP varía según las distintas comunidades autónomas del país; la Ertzaintza en el País Vasco, los Mozos de Escuadra en Cataluña o la Policía Foral en Navarra son los principales cuerpos y fuerzas de seguridad en estas comunidades, por lo que el papel del cuerpo en estas regiones es menor. En los casos de Cataluña y el País Vasco, el Cuerpo Nacional de Policía sigue desarrollando las competencias que no se han cedido a los Mozos de Escuadra ni a la Ertzaintza completamente, como la lucha contra el terrorismo,[4]​ contra el crimen organizado[5]​ y redes de inmigración ilegal. También tiene competencias plenas en cuanto a tramitaciones del DNI y permisos de residencia para los ciudadanos extranjeros.[6]

Los antecedentes de este cuerpo datan del año 1824 cuando Fernando VII, a su regreso al trono, dicta un real decreto[7]​sobre «el arreglo de la Policía de mis Reinos» motivado porque «Circunscrita un día a una órbita demasiado estrecha... se limitó a precauciones proporcionadas a las circunstancias tranquilas en que se hallaba la Monarquía, y es preciso por lo tanto darles la unidad, la extensión y la fuerza que reclaman las variaciones de los tiempos y de las costumbres». Otras interpretaciones de este documento se inclinan hacia el parecer de que se trata de una unificación, reorganización y concreción de normas y funciones de control administrativo, más que a una estricta instauración de una fuerza o cuerpo concreto de policía, ya que el mismo documento expresa, en su artº XV, la ausencia de fuerza armada disponible para su desempeño.

De esta forma se separaba por primera vez en España la dependencia de una fuerza pública del Ministerio de la Guerra del Ministerio, pasando a depender del Ministerio de la Gobernación.[8]

El Cuerpo Nacional de Policía, con su estructura y denominación actual tiene su origen directo en la Constitución de 1978, donde se le consagran dos misiones básicas: proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la Seguridad Ciudadana.

A partir de este mandato Constitucional, el 13 de marzo de 1986 se promulgó la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, (Ley Orgánica 2/1986) que unificaba los Cuerpos de Policía Nacional y Cuerpo Superior de Policía en el actual Cuerpo Nacional de Policía. Eran dos cuerpos de naturaleza muy distinta, pues el cuerpo superior se dedicaba a la investigación, frente al otro cuerpo, que era fundamentalmente un cuerpo policial de orden público. Así pues en el Cuerpo Nacional de Policía se integraron los funcionarios de los Cuerpos Superior de Policía y de Policía Nacional, que quedaron extinguidos.

En este cuerpo están permitidos los sindicatos, pero de carácter profesional. Entre ellos encontramos, por orden de representación en el Consejo de la Policía, los siguientes: Justicia Policial (JUPOL), Sindicato Unificado de Policía (SUP), Confederación Española de Policía (CEP), Unión Federal de Policía (UFP), Sindicato Profesional de Policía (SPP) y Sindicato de Comisarios de Policía (SCP). En el 2008 los tres vocales de la UFP en el Consejo de la Policía, se desgajan del mismo y crean el Sindicato Nacional de Policía Española (SNPE). Durante 2008 los cinco sindicatos profesionales, en unidad de acción, han presentado "conflicto colectivo" contra la administración policial y el Gobierno, debido a los reiterados incumplimientos de equiparación económica y en medios, frente a las Policías Autonómicas y Locales, que en algunos casos llegan a suponer unos 500-800  menos al mes de salario.

Las competencias del Cuerpo Nacional de Policía varían según las Comunidades Autónomas, debido la asunción de algunas suyas y de la Guardia Civil por parte de los Mozos de Escuadra en Cataluña, la Ertzaintza en el País Vasco, la Policía Foral de Navarra en Navarra y la Policía Canaria en Canarias. En Andalucía, Aragón, Asturias, Galicia y Comunidad Valenciana hay unidades de la Policía Nacional que actúan directa y funcionalmente bajo las órdenes de las Comunidades Autónomas a las que están adscritas.

Si entre los rasgos que configuran el perfil profesional del Cuerpo Nacional de Policía hubiera que elegir el que mejor le define frente a los demás cuerpos de seguridad españoles, tal rasgo habría de ser el de su carácter nítidamente urbano.

Fue la necesidad de dotar a las ciudades españolas de una estructura de seguridad moderna, lo que determinó que en 1824, el rey Fernando VII[9]​ dictase la Real Cédula en la que se creaba la Policía General de Reino. Policía que, ya desde su origen, se pone a las órdenes de un magistrado con el título de Superintendente General. La misma Real Cédula dedica un apartado especial a Madrid, ciudad que es dotada de una estructura de Comisarías de Distrito— de «cuartel» se decía entonces— que, con las naturales evoluciones, se ha mantenido hasta nuestros días.

En ese mismo año se dictan los Reglamentos de Policía tanto de Madrid como de las provincias colocando a estas últimas bajo las órdenes de Intendentes que respondían ante el Intendente General y dividiendo cada provincia en Subdelegaciones radicadas en las localidades o partidos importantes— 126 entonces— que constituyen el antecedente de la actual estructura en Comisarías Provinciales y Locales.

Es de destacar que la Cédula de 1824 configura la doble función que hoy tiene la policía moderna. Por una parte, velar por el libre ejercicio de los derechos ciudadanos persiguiendo a aquellos que los vulneran y poniéndolos en manos de la Justicia «en el plazo de ocho días, lo más tarde» según cita el Artículo XVI.

Además de esta función de policía judicial, la Real Cédula configura la otra gran función de la Policía en relación a la prestación del servicio público de seguridad «garantizando el bien y la seguridad pública» mensaje en el que— a pesar del tono ilustrado de las palabras— encuentra eco en el moderno deseo de la Administración Pública de dar un servicio que asegure el bienestar y la calidad de vida de los ciudadanos.

Conforme a la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, el Cuerpo Nacional de Policía nace de la integración de los cuerpos Superior de Policía y de Policía Nacional.

De este modo, además de solucionar posibles problemas de coordinación y mando, se pretendía homogeneizar, en un solo colectivo, Cuerpos que realizaban funciones similares o complementarias, para conseguir un incremento en la efectividad del servicio.

En el Cuerpo Nacional de Policía se integraron los funcionarios del Cuerpo Superior de Policía y del Cuerpo de la Policía Nacional, que quedarían extinguidos. La integración prevista en el artículo 17 de la Ley Orgánica 2/86 se realizó dentro de cada Escala, por riguroso orden de empleo o categoría y antigüedad en los mismos, sobre la base de otorgar la misma puntuación al empleo de Coronel y a la categoría de Comisario principal; al empleo de Teniente Coronel y a la categoría de Comisario; al empleo de Capitán y a la categoría de Inspector de primera, y al empleo de Teniente y a la categoría de Inspector de segunda.

Antes del 2013 se denominaba Centro de Promoción. La sede se encuentra en Carabanchel (Madrid). Actualmente tiene una doble función al dedicarse de una parte a la formación de ascenso a las categorías de comisario principal, comisario e inspector-jefe, subinspectores y oficiales,y de otra parte a desarrollar acciones formativas tanto de mandos españoles como extranjeros, todo ello en colaboración con diferentes universidades españolas.

La Escuela Nacional de Policía, con sede en la ciudad de Ávila, pertenece a la División de Formación y Perfeccionamiento y es el lugar donde los opositores declarados aptos en la fase de oposición libre, tanto a la Escala Básica —categoría de Policía—, como a la Escala Ejecutiva —categoría de Inspector—, se forman para ser funcionarios de la Policía Nacional. También se imparten cursos de ascenso para los agentes de promoción interna dentro del propio Cuerpo provenientes de la Escala de Subinspección, así como cursos complementarios a miembros de otros cuerpos, tanto españoles (Policía Foral de Navarra , policía local de Castilla y León y policía municipal de la Comunidad de Madrid, Servicio Vigilancia Aduanera), como de otros países, colaborando con los mismos en programas de intercambio.

Asimismo la Escuela Nacional de Policía acoge la sede de la Secretaría Permanente de la Escuela Iberoamericana de Policía de la Comunidad de Policías de América (IBERPOL).

Entre sus instalaciones destaca el museo de la Policía, existente desde 1908 y trasladado a la academia en 1986 coincidiendo con su inauguración.

Dedicado a la programación de los correspondientes grupos de actualización profesional o reciclaje, así como los cursos de especialización operativa. Los cursos pueden ser impartidos de forma telemática o con presencia física de los agentes, en este caso las sedes donde se van a impartir los cursos pueden ir desde la Escuela Nacional de Policía, hasta la propia sede del CAE o el Centro de Prácticas Operativas.

Se encarga de desarrollar todos los procesos de selección tanto para el acceso en sus categorías de policía e inspector, como los relacionados con la promoción interna a todas las categorías del cuerpo.

Procesos de gran complejidad por el volumen de participantes. La última convocatoria, de 2018, a la categoría de escala básica contaba con 44056 aspirantes, aunque en convocatorias anteriores se superaba el número de 50000 aspirantes.

Cada año, se publica la oferta pública de empleo en la que se especifica el número de plazas a cubrir en cada escala. La fase de Oposición de ingreso en la Escala Básica, categoría Policía, consta de cuatro pruebas. La primera de aptitud física (circuito de agilidad, prueba de fuerza, carrera de 1000 m), la segunda de conocimiento y ortografía (la ortografía no estaba contemplada en convocatorias anteriores), la tercera de entrevista personal y reconocimiento médico, y la cuarta test psicotécnico junto al ejercicio voluntario de idioma en inglés o francés.

Después de aprobar la oposición se deberá superar un curso de formación en la Escuela de Ávila, y una vez aprobado, se pasará por un tiempo de prácticas en las diferentes dependencias de una Comisaría de Policía que se reparten por el territorio español.

Superado este periodo de prácticas de carácter eliminatorio se hará efectivo el nombramiento de Policía en Activo mediante el acto de jura de cargo en la misma escuela. Se hará entrega del carné profesional y placa emblema del cuerpo, junto al diploma que certifica al alumno como nuevo funcionario de Carrera.

Se encuentra en Linares (Jaén) el Centro de Prácticas Operativas de la Policía Nacional "La Enira". Estas instalaciones están destinadas al entrenamiento del Grupo Especial de Operaciones (GEO), de las Unidades de Intervención Policial (UIP) y de los Técnicos Especialistas en Desactivación de Artefactos Explosivos y Agentes Nucleares, Radiológicos, Biológicos y Químicos (TEDAX-NRBQ).[10]

Según la Ley Orgánica 2/1986 al CNP le será encomendadas las siguientes funciones exclusivas en todo el territorio nacional:

Y las siguientes funciones generales en las capitales de provincia y en otras poblaciones determinadas por el gobierno:

La estructura de la Organización Central del Cuerpo Nacional de Policía según las últimas reestructuraciones del Ministerio del Interior, operadas a través del R.D. 991/2006, de 8 de septiembre; el R.D. 1571/2007, de 30 de noviembre; el R.D. 1181/2008, de 11 de julio; y el Real Decreto 400/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, que continúa el proceso de reestructuración iniciado por el Real Decreto 1823/2011, de 21 de diciembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales y el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, en el que se crean las Direcciones Generales de la Policía y de la Guardia Civil, suprimiéndose la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil. Actualmente la estructura de la DGP viene regulada por ORDEN INT/28/2013, de 18 de enero, modificada por ORDEN INT/2678/2015, donde se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos. La Dirección General de la Policía se compone de:

Es la encargada de la colaboración con el director general en la dirección, coordinación y supervisión de las unidades operativas supraterritoriales y territoriales, así como en el seguimiento y control de los resultados de los programas operativos y en la definición de los recursos humanos y materiales aplicables a dichos programas.

Los órganos encargados de prestar apoyo y asistencia a la DAO son;

- Jefatura Central de Operaciones. Dependen las Comisarías Especiales (de Casa Real, Presidencia de Gobierno, Congreso, Senado, Tribunal Constitucional, Consejo General del Poder Judicial, Tribunal Supremo, Audiencia Nacional, Defensor del Pueblo, y Tribunal de Cuentas), así como las Unidades Adscritas a las Comunidades Autónomas.10​

- Unidad Planificación Estratégica y Coordinación. Entre otras funciones, aglutina toda la coordinación, recepción, tratamiento y análisis de la información en materia de inteligencia.11​

- Unidad de Asuntos Internos. Vigila e investiga infracciones penales y conductas contrarias a la ética profesional por parte de los policías del CNP.

- Grupo Especial de Operaciones (GEO). Unidad de élite preparada para intervenir en situaciones que requieran una especial cualificación en su ejecución , particularmente de carácter terrorista, y otras que supongan grave riesgo para la vida y bienes de las personas (liberación toma de rehenes, protección de personas y bienes como son las Embajadas y Consulados de España en el extranjero).

Así mismo, la Dirección Adjunta Operativa es responsable, de acuerdo con las directrices emanadas del director general, de la dirección, impulso y coordinación de las funciones policiales operativas, que en el nivel central serán realizadas por las Comisarías Generales de Información, de Policía Judicial, de Seguridad Ciudadana, de Extranjería y Fronteras y de Policía Científica, todas ellas con nivel orgánico de subdirección general, junto con las Divisiones de Cooperación Internacional, de Personal, Económica y Técnica, de Formación y Perfeccionamiento y Documental.

- Captación, recepción, tratamiento y desarrollo de la información de interés para el orden y la seguridad pública.

- Utilización operativa de la información, específicamente en materia antiterrorista en el ámbito nacional e internacional.

Está integrada entre otros por:[11]
- Unidad Central de Inteligencia.

- Unidad Central de Información Interior.

- Unidad Central de Información Exterior.

- Unidad Central de Apoyo Operativo.

- Unidad Central de Desactivación de Explosivos. Formada por los TEDAX-NRBQ (Nuclear, Radiológico, Biológico y Químico). Sus funciones son las de intervenir y actuar ante la presencia y detección de supuestos artefactos explosivos e incendiarios y todo tipo de agentes NRBQ, así como la recogida, transporte, análisis e investigación de los mecanismos, elementos y restos de dichos artefactos y de las sustancias o agentes.
El equipo mínimo de actuación ante un incidente con explosivos, es el compuesto por dos policías TEDAX, al que se denomina Equipo de Desactivación de Explosivos (EDE). Estos equipos dependen orgánica y funcionalmente de sus respectivos mandos policiales territoriales.
Los Acuerdos del Consejo de Ministros de 28.11.1986 y 16.02.1996 otorgan el carácter de Secreto a la estructura, organización, medios y procedimientos operativos específicos de los Servicios de información, así como sus fuentes y cuantas informaciones o datos puedan revelarlas.

Le corresponde la investigación y persecución de las infracciones supraterritoriales, especialmente los delitos relacionados con las drogas, la delincuencia organizada, económica, financiera, tecnológica y el control de los juegos de azar, así como la colaboración con las Policías de otros países. Asimismo, le corresponderá la dirección de los servicios encargados de la investigación de delitos monetarios y los relacionados con la moneda, así como la colaboración con los servicios correspondientes del Banco de España en estos asuntos.[12]

- La organización y gestión de lo relativo a la prevención, mantenimiento y, en su caso, restablecimiento del orden y la seguridad ciudadana. - El control de las empresas y del personal de la seguridad privada. - La vigilancia de los espectáculos públicos, dentro del ámbito de competencia del Estado. - La protección de altas personalidades, edificios e instalaciones que por su interés lo requieran.

Las unidades que las componen son:

Organiza y gestiona los servicios de expedición de las tarjetas de extranjero, el control de entrada y salida del territorio nacional de españoles y extranjeros, la prevención, persecución e investigación de las redes de inmigración ilegal, y en general, el régimen policial de extranjería, asilo, emigración e inmigración.

Las unidades que las componen son:

Tiene como funciones la prestación de los servicios de criminalística, identificación, analítica e investigación técnica, así como la elaboración de los informes periciales y documentales que le sean encomendados.

Las unidades que las componen son:

División De Cooperación Internacional

Esta División se encarga de la coordinación y cooperación internacional, colabora con los policías de otros países, y apoya al personal policial que presta servicio en el extranjero. En ella se encuentra la Oficina Central Nacional de INTERPOL, la Unidad Nacional de EUROPOL y la Oficina Sirene.

División de Formación y Perfeccionamiento

División de Personal

División de Documentación

División Económica y Técnica

Está integrada por las Jefaturas Superiores, Comisarías Provinciales, Comisarías Locales, Comisarías Zonales, Comisarías de Distrito, Centros de Cooperación Policial y Aduanera.

Las Jefaturas Superiores son órganos de mando, gestión, coordinación e inspección de los distintos servicios dependientes de la Dirección General de la Policía existentes en la comunidad autónoma como ámbito territorial de actuación.[13]​ lo más parecido a los Órganos Centrales de la Dirección General, pero a escala regional, teniendo bajo su circunscripción, toda las funciones del CNP de una determinada zona, o como es conocida en el "argot", Región Policial, bajo la dependencia funcionarial del respectivo Delegado o Subdelegado del Gobierno. Suelen estar situadas en cada capital de Comunidad autónoma (aunque no siempre). Existe una Jefatura Superior por Comunidad Autónoma, a excepción de la Comunidad Autónoma de Andalucía que cuenta con dos. Está compuesta por diferentes brigadas operativas:

En cada capital de provincia.

En grandes núcleos poblacionales. Son un total de 125.

Con competencia territorial en el área comprendida por varios distritos.

En los distritos Policiales que se determinen debido al gran volumen de población. Son un total de 65.

Son instalaciones policiales del Ministerio del Interior en zonas fronterizas en las que miembros de la Guardia Civil y de la Policía Nacional que comparten las dependencias con policías del país con el que se comparte dicha frontera (Francia, Portugal o Marruecos).

Hay 5 con Portugal: Tuy-Valença do Minho, Vilar Formoso-Fuentes de Oñoro, Caya-Elvas, Vila Real de Santo Antonio-Ayamonte y Quintanilha-Alcañices. Hay otras 4 con Francia: Canfranc-Somport-Urdos, Le Perthus-La Junquera, Melles Pont du Roy-Les y Hendaye-Irún). Hay 1 con Marruecos: Algeciras-Tánger.

El CNP tiene 4 unidades adscritas a las Comunidades de: Valencia, Andalucía, Galicia, y Aragón. Son las siguientes:

Estos unidades dependerán orgánicamente del Ministerio del Interior a través de la Dirección General de la Policía, dentro de la Dirección Adjunta Operativa (DAO); dependerán funcionalmente de las autoridades autonómicas competentes; y el mando, dirección y coordinación se ejercerá a través de la Jefatura de cada Unidad.

Cuenta con numerosas especialidades como por ejemplo:[14]

Nota: Existe personal facultativo y técnicos que desempeñan labores muy concretas (sanidad, químicos, biólogos...)

Según establece la Ley Orgánica 9/2015 de Régimen de Personal de la Policía Nacional, el Cuerpo Nacional de Policía se estructura en 4 Escalas y dentro de éstas, en 7 categorías:

Primera: Comisario Principal. Entre ellos se nombrarán los componentes de la junta de gobierno (Director Adjunto Operativo, Subdirectores Generales, Comisarios Generales y Jefes de División) y los Jefes Superiores de Policía.

Segunda: Comisario.

Primera: Inspector jefe.

Segunda: Inspector.

Primera: Oficial de Policía.

Segunda: Policía.

Regulado por la Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo.

El Cuerpo Nacional de Policía en cuanto a las actividades propias del mismo cuenta con su propia normativa de PRL, el Real Decreto 2/2006.[15]

Los requisitos para ingresar en el cuerpo son:

Existen dos vías para acceder al Cuerpo Nacional de Policía: Oposiciones a la Escala Básica u oposiciones a la Escala Ejecutiva.

a la entrada en vigor del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre donde se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, mantendrán todos sus efectos académicos a los efectos del ingreso y la promoción en la Policía Nacional. [16]

A lo largo de su historia, se ha acusado al CNP de extralimitarse en ciertas ocasiones. Miembros de la policía[17]​ estuvieron implicados en la década de 1980 en los GAL y el terrorismo de Estado contra ETA,[18]​ actuaciones que según las sentencias posteriores estaban dirigidas y financiadas por el propio Ministerio del Interior.[19]​ Uno de sus órganos que más críticas ha recibido son las Unidades de Intervención Policial, que se ocupan de la seguridad de eventos que puedan causar una grave alteración del orden público,[20]​ acusada de abuso de fuerza,[21]​ detenciones aleatorias y la infiltración probada de sus agentes en manifestaciones,[22]​ además de sus polémicas actuaciones en las fronteras y denuncias de torturas.[21]

Desde el año 2009, se organiza un concurso literario únicamente para policías con el nombre Concurso literario policía y cultura, destinado a fomentar la cultura y la literatura entre los miembros del cuerpo, para así intentar borrar y según ellos desmitificar la imagen a veces estereotipada de iletrados.[23]

Distintivo del Cuerpo Nacional de Policía (CNP)

Logotipo del Cuerpo Nacional de Policía (CNP)

Emblema del Cuerpo Nacional de Policía (CNP)

Antiguo emblema del Cuerpo Nacional de Policía (CNP)

Emblema de la Comisaría General de Información (CGI)

Emblema de la Comisaría General de la Policía Judicial (CGPJ)

Emblema de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana (CGSC)

Emblema de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras (CGEF)

Emblema de la Comisaría General de Policía Científica (CGPC)

Emblema del Servicio de Medios Aéreos (SMA)

Distintivo de Piloto del Servicio de Medios Aéreos

Emblema de las Unidades de Intervención Policial (UIP)

Emblema de la Unidad Central de Desactivación de Explosivos y [Defensa] Nuclear, Radiológica, Biológica y Química (UCDE-NRBQ)

Emblema del Grupo Especial de Operaciones (GEO)

Emblema del Grupos Operativos Especiales de Seguridad (GOES)

Emblema de la Unidad de Prevención y Reacción (UPR)

Emblema de la Unidad Central de Fronteras (UCF)

Emblema de la Unidad Central de Información (UCI)

Emblema de la Inteligencia Antiterrorista

Emblema de la Unidad Subterránea y de Protección Ambiental (UES)

Emblema de la Unidad Especial de Guías Caninos (UEGC)

Emblema de la Unidad Especial de Caballería (UEC)

Emblema de la Brigada Central de Estupefacientes

Emblema de la Unidad Central de Protección (UCP)

Emblema de los Grupos de Respuesta Especial para el Crimen Organizado (GRECO)

Emblema de la Brigada Móvil (BM)

Emblema de la Policía Judicial

Emblema de la Unidad de Prevención y Atención Socio-Sanitaria (UAPS)

Emblema de la Unidad de Asuntos Internos (UAI)

Emblema de la Escuela Nacional de Policía (ENP)

Emblema de la Fundación Policía Española (FPE)

Emblema de Especialista en Armamento y Tiro



Escribe un comentario o lo que quieras sobre Cuerpo Nacional de Policía (directo, no tienes que registrarte)


Comentarios
(de más nuevos a más antiguos)


Aún no hay comentarios, ¡deja el primero!